La iniciativa en la que trabaja el Gobierno contempla modificaciones clave para los empleados de casas particulares y de plataformas digitales de delivery
El último borrador de la reforma laboral que elaboró el gobierno de Javier Milei introduce cambios sustanciales en el régimen especial que regula la actividad del personal de casas particulares y de los trabajadores de reparto en plataformas digitales. El texto al que accedió Infobae detalla modificaciones en distintos aspectos de la relación laboral que afectan tanto a empleadores como a empleados.
En cuanto al personal de casas particulares, una de las principales modificaciones es la redefinición del período de prueba en contratos por tiempo indeterminado. El documento establece que cualquier contrato nuevo se considerará a prueba durante los primeros seis meses.
En ese plazo, cualquiera de las partes puede finalizar la relación sin indicar motivo y, en ese caso, no corresponde el pago de indemnización. Según el borrador, el empleador no tiene permitido contratar varias veces al mismo trabajador utilizando el período de prueba, lo que busca evitar contrataciones sucesivas sin estabilidad. “El empleador no podrá contratar a un mismo empleado más de una (1) vez utilizando el período de prueba”, detalla el documento.
Los cambios para el personal doméstico
En ese plazo, cualquiera de las partes puede finalizar la relación sin indicar motivo y, en ese caso, no corresponde el pago de indemnización. Según el borrador, el empleador no tiene permitido contratar varias veces al mismo trabajador utilizando el período de prueba, lo que busca evitar contrataciones sucesivas sin estabilidad. “El empleador no podrá contratar a un mismo empleado más de una (1) vez utilizando el período de prueba”, detalla el documento.
Nuevos derechos y deberes para el personal doméstico
La reforma detalla derechos para el personal, tanto para quienes residen en el domicilio laboral como para quienes cumplen tareas y se retiran. Entre los beneficios contemplados, se fija una jornada máxima de 8 horas diarias o 48 horas semanales, con la posibilidad de una organización desigual, siempre que el límite diario no supere las 9 horas. El descanso semanal debe ser de 35 horas continuas, iniciando el sábado a las 13 horas. Adicionalmente, la obligación de proveer ropa y elementos de trabajo al empleado se podrá cumplir mediante una suma de dinero (no remunerativa) al terminar el período de prueba, ofreciendo una alternativa flexible al beneficio en especie.
En relación a la alimentación, el empleador debe asegurar comidas que garanticen la correcta nutrición, adaptadas al tipo de jornada y modalidad contratada. El listado abarca desayuno, almuerzo, merienda y cena, según lo indique la relación laboral. Otra exigencia del nuevo texto es la contratación de un seguro contra riesgos del trabajo para el empleado, conforme las normas vigentes. Para el personal con retiro, se ratifica la obligación de un mínimo de 12 horas de descanso entre el final de una jornada y el inicio de la siguiente.
En cuanto a los deberes, el personal está obligado a cumplir instrucciones, cuidar los bienes de la casa, mantener la reserva sobre la vida privada de los integrantes del hogar y ser diligente en el desarrollo de todas sus funciones. La protección de la intimidad familiar recibe un lugar destacado en el articulado, que prohíbe difundir información personal, política, moral o religiosa obtenida en el ámbito laboral.
El proyecto prevé cambios en la práctica cotidiana de los pagos al personal doméstico. Los recibos deberán ser instrumentados electrónicamente y emitidos a través del sistema que disponga la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). El recibo bancario o la constancia que el banco entregue al empleador servirán como prueba suficiente para acreditar el pago. Esta modificación busca introducir mayor trazabilidad y formalidad en las transacciones, facilitando eventuales reclamos o controles administrativos.
Si surgen reclamos judiciales de créditos provenientes de estas relaciones laborales, los montos reclamados serán actualizados y generarán intereses similares a los aplicados en el régimen de contratos laborales general, según lo previsto en la Ley de Contrato de Trabajo. Esta equiparación busca dotar de mayor certeza jurídica a los trabajadores de casas particulares en caso de conflicto.
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