Daniel Manzanares, empresario inmobiliario de la ciudad, envió a La Vanguardia con pedido de publicación parte de las actuaciones que figuran en el expediente en el que denuncia a la concejal del Frente Cumplir, Mónica Llarena por violencia familiar y una serie de medidas cautelares, con fecha del 24 de abril pasado. Cabe señalar que ayer el Frente de Género y Disidencias dio a conocer un comunicado sobre el caso, adjuntando la denuncia de la concejal contra el empresario.
“En orden a las medidas cautelares dispuestas por el Juzgado de Paz Letrado de Balcarce, a cargo del Dr. Ricardo Crotto y el Juzgado de Familia N° 1 Departamental, a cargo de la Dra. Mariana Villar, se hace saber y se adjuntan en copia las medidas cautelares dispuestas en el marco de los autos caratulados “Manzanares Mario Daniel c/Llarena Mónica Liliana s/Protección contra la Violencia Familiar (Ley 12569)”.
En ambas disposiciones judiciales, se prohíbe expresamente todo acto de perturbación e intimidación y hostigamiento contra Daniel Manzanares en sus tareas normales, laborales y de esparcimiento, la medida implica el cese o abstención de la realización de todo acto violento sea de carácter físico, psicológico o emocional y por cualquier medio que sea, comunicación telefónica, vía internet, Instagram, Whattsapp, Facebook o Twiter hasta el 30 de septiembre de 2020 inclusive.
Asimismo, en las resoluciones judiciales se prohíbe el acercamiento de Mónica Liliana Llarena y de su hijo hacia mi persona y mi hijo, como así de los domicilios, actuales, lugares donde nos encontremos (trabajo, recreación o esparcimiento) en un perímetro de 200 metros. La Justicia de Paz Letrada y de 300 metros la Justicia de Familia.
Se hace saber que el artículo 18 de la Ley 12569 (texto actualizado ley 14509) establece: “El acceso a los registros (de las denuncias efectuadas por hechos de violencia) requiere motivos fundados y previa autorización judicial, garantizando la confidencialidad de la identidad de las partes”.
En consecuencia, en lo sucesivo cese o se abstenga de toda publicación en contra de mi persona que verse sobre hechos que se encuentran denunciados en la justicia y deben dirimirse en ese ámbito con las evidencias y probanzas correspondientes, evitando los juzgamientos públicos infundados, difamaciones y escraches públicos que me ocasionan graves perjuicios familiares, sociales y laborales”.
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