El proyecto de ordenanza propone generar una herramienta pública, gratuita y voluntaria para identificar a quienes desarrollan esta actividad en el distrito. La iniciativa aclara que la inscripción no reemplazará las matrículas ni habilitaciones exigidas por las autoridades provinciales o nacionales.
Un proyecto de ordenanza presentado ante en el Concejo Deliberante de Balcarce propone la creación de un Registro Municipal de Acompañantes Terapéuticos del Partido de Balcarce, con el objetivo de visibilizar a quienes desarrollan esta actividad y facilitar el acceso de vecinos, familias e instituciones a información sobre los recursos disponibles en la comunidad.
La iniciativa toma como marco la Ley Nacional N° 26.657 de Derecho a la Protección de la Salud Mental y la Ley Provincial N° 14.580, mediante la cual la Provincia de Buenos Aires adhirió a la normativa nacional.
Según los fundamentos del proyecto que es autoría de los concejales de SOMOS, Fara Cunqueiro y Gonzalo Scioli, el acompañamiento terapéutico constituye un recurso de importancia dentro de los abordajes vinculados con la salud mental, la discapacidad, los consumos problemáticos y otras situaciones que requieren dispositivos de acompañamiento, siempre dentro de las competencias correspondientes y de la normativa vigente.
Una herramienta de información y vinculación
El proyecto plantea que el Registro tenga carácter voluntario, público, informativo y gratuito.
Entre sus objetivos se encuentra identificar y visibilizar a los Acompañantes Terapéuticos que desarrollen su actividad en Balcarce y facilitar a vecinos, familias, instituciones públicas y privadas y organizaciones de la comunidad el acceso a información sobre quienes presten estos servicios en el ámbito local.
También se busca promover la articulación entre los recursos humanos existentes en la comunidad y las instituciones relacionadas con la salud, la discapacidad, la educación y el desarrollo humano.
Los fundamentos destacan además que el acompañamiento terapéutico puede contribuir a fortalecer los vínculos de las personas asistidas con sus familias, la comunidad, las instituciones y los profesionales que intervienen en cada proceso.
Qué requisitos se exigirían
De acuerdo con el proyecto, podrán solicitar la inscripción quienes desarrollen o pretendan desarrollar la actividad en el Partido de Balcarce y acrediten título, certificado, matrícula, inscripción o los demás requisitos exigidos por la normativa nacional y provincial vigente, según corresponda.
Uno de los puntos centrales de la iniciativa es que el Registro Municipal no reemplazará las exigencias establecidas por otros organismos.
En ese sentido, el proyecto establece expresamente que la inscripción no sustituirá ni reemplazará ninguna matrícula, registro, habilitación, autorización o requisito exigido por las autoridades nacionales o provinciales competentes.
Tampoco implicará una certificación municipal de idoneidad profesional, una recomendación del prestador ni una garantía sobre los servicios ofrecidos.
Datos profesionales y protección de la información
El Registro deberá contener únicamente los datos necesarios para cumplir con sus objetivos.
La información que se publique deberá limitarse a los datos profesionales y de contacto que resulten pertinentes y respecto de los cuales la persona inscripta haya prestado su consentimiento.
El proyecto establece que deberá garantizarse el cumplimiento de la legislación vigente en materia de protección de datos personales.
La intención es que el listado pueda estar disponible de manera pública y gratuita a través del sitio web oficial de la Municipalidad de Balcarce y otros medios institucionales.
Capacitación y articulación
La propuesta también contempla que el Municipio pueda promover actividades de capacitación, actualización, concientización y difusión relacionadas con el acompañamiento terapéutico, la salud mental, la discapacidad, los consumos problemáticos y la protección integral de derechos.
Para ello, se prevé la posibilidad de trabajar conjuntamente con organismos provinciales, instituciones educativas, colegios profesionales, organizaciones de la sociedad civil y otras entidades vinculadas con la temática.
Asimismo, el Departamento Ejecutivo podría celebrar convenios de cooperación y articulación con organismos nacionales y provinciales, instituciones educativas, entidades profesionales y organizaciones sociales.
El proyecto establece finalmente que el Departamento Ejecutivo podrá reglamentar la ordenanza y adoptar las medidas administrativas necesarias para su implementación, en caso de que la iniciativa sea aprobada por el Concejo Deliberante.
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