El Juzgado de Responsabilidad Juvenil N° 2 de Lomas de Zamora dispuso una medida cautelar que frena durante 60 días la implementación del sistema que permite someter a responsabilidad penal a adolescentes desde los 14 años. La jueza Marta Elba Pascual cuestionó la falta de infraestructura, personal especializado y recursos suficientes para afrontar un eventual aumento de las detenciones.
La puesta en marcha del nuevo Régimen Penal Juvenil sufrió un importante revés en la provincia de Buenos Aires. La Justicia de Lomas de Zamora ordenó suspender durante 60 días la aplicación del sistema que amplía la posibilidad de someter a responsabilidad penal a adolescentes a partir de los 14 años.
La medida fue dispuesta por el Juzgado de Responsabilidad Juvenil N° 2 de Lomas de Zamora, a cargo de la jueza Marta Elba Pascual, quien centró su resolución en las condiciones materiales e institucionales con las que cuenta actualmente el Estado bonaerense para implementar el nuevo esquema.
El fallo plantea que antes de ampliar el universo de adolescentes que podrían quedar privados de su libertad debe garantizarse que existan las condiciones necesarias para proteger sus derechos fundamentales.
Preocupación por un eventual aumento de las detenciones
Uno de los principales argumentos de la resolución está relacionado con la capacidad del sistema penal juvenil para absorber una eventual mayor cantidad de adolescentes detenidos.
La magistrada advirtió que la implementación del nuevo régimen podría traducirse en un incremento de las detenciones y de las prisiones preventivas, incluso antes de que pueda determinarse con precisión cuál será el impacto concreto de la reforma.
En ese sentido, puso el foco en la disponibilidad de establecimientos adecuados, personal especializado y recursos suficientes para cumplir con los estándares constitucionales y de derechos humanos que deben regir cualquier medida de privación de la libertad durante la adolescencia.
En su resolución, Pascual fue contundente al advertir sobre las consecuencias que podría generar un sistema que no cuente con las condiciones necesarias.
“Debo ser enfática en esto, pues la experiencia en el ámbito de la judicatura especializada me lo aconseja: no respetar las condiciones mínimas de los derechos de los adolescentes detenidos tiene consecuencias futuras no deseadas para la propia sociedad”, sostuvo.
La advertencia sobre el hacinamiento
La jueza también vinculó las condiciones de encierro con los niveles futuros de violencia y cuestionó la idea de que una mayor severidad en las penas implique necesariamente una mejora en materia de seguridad.
“Hacinar ‘menores’, tarde o temprano, incrementa los niveles de inseguridad y violencia. Como operadora del sistema penal juvenil, asumo la responsabilidad que me compete no sólo en la afectación de las garantías de los adolescentes en conflicto con la ley penal, sino también en preservar los intereses de la comunidad a la que deben regresar los jóvenes una vez cumplida la medida”, expresó.
En otro tramo del fallo, sostuvo que las condiciones de privación de la libertad pueden tener consecuencias sobre la conducta futura de quienes atraviesan el sistema.
“Aunque intuitivamente parezca que nada mejora más la pacificación social que la severidad del castigo, las condiciones de encierro determinan los niveles de violencia con los que egresarán esas personas en desarrollo una vez que hayan cumplido con su condena, tal vez como adultos”, señaló.
Un sistema que ya tiene limitaciones
La resolución también hizo referencia específicamente a la capacidad de los dispositivos provinciales existentes.
La magistrada consideró contradictorio rechazar la medida cautelar y, al mismo tiempo, mantener restricciones para el ingreso de una mayor cantidad de adolescentes al Centro Socioeducativo para la Privación de la Libertad de Lomas de Zamora.
“Resultaría contradictorio rechazar la medida cautelar en análisis y mantener la prohibición de ingreso de una mayor cantidad de detenidos al Centro Socioeducativo para la Privación de la Libertad de Lomas de Zamora”, sostuvo.
En la parte central de su argumentación, Pascual concluyó que los establecimientos disponibles actualmente no tendrían capacidad para recibir un número mayor de adolescentes sin que eso implique un deterioro de sus condiciones de alojamiento.
“Resulta evidente que el estado de situación actual de los dispositivos de privación de la libertad provincial —entre ellos, el que tiene asiento en este departamento— no permite al día de la fecha recibir una mayor cantidad de adolescentes”, afirmó.
Y agregó que la situación podría complejizarse aún más ante la incorporación de jóvenes de distintas franjas etarias y diferentes etapas de desarrollo.
Según la jueza, hacerlo en las condiciones actuales podría “afectar sus derechos fundamentales y agravar su estado de vulnerabilidad”, una situación que, según remarcó, suele verificarse al momento del ingreso al sistema.
La infraestructura, en el centro de la discusión
De esta manera, la Justicia puso en el centro del debate una cuestión que excede la discusión sobre la edad de imputabilidad: la capacidad concreta del Estado bonaerense para implementar el nuevo régimen.
La suspensión por 60 días busca determinar si existen establecimientos, equipos profesionales y recursos suficientes para afrontar la eventual incorporación de nuevos adolescentes al sistema penal sin vulnerar sus derechos.
El planteo adquiere especial relevancia frente a la posibilidad de que la aplicación del nuevo régimen genere una mayor cantidad de intervenciones judiciales y medidas de privación de la libertad.
Mientras tanto, la decisión judicial abre un nuevo capítulo en la implementación del Régimen Penal Juvenil en la provincia de Buenos Aires y obliga al Estado a revisar las condiciones materiales con las que cuenta para ponerlo efectivamente en funcionamiento.
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