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Orden de Caputo

El Gobierno creó un supersistema “integral” para el control de la faena bovina y dio un paso histórico

Redacción Vanguardia

Se trata de una serie de disposiciones que deberán cumplir los establecimientos faenadores e incluye la actualización, simplificación y unificación de normas anteriores; se quitó la obligación de contar con un libro físico de existencias de hacienda y carnes vigente desde 1981 y se incorporó el documento electrónico de Existencia de Carne en las cámaras.

El Gobierno actualizó, simplificó y unificó hoy con una medida diversas normas vinculadas con la faena de ganado. Así lo dispuso con la resolución 40 publicada en el Boletín Oficial con la firma del ministro de Economía, Luis Caputo. En concreto, creó el Sistema Integral de Faena (SIF) como instrumento continuador del SIF de 2015. Se avanza a una mayor digitalización del control de los establecimientos faenadores. El sector privado ya había sido informado de la política que se venía en diciembre pasado.

Con la norma se actualiza, simplifica y unifica el marco normativo que regulaba diez resoluciones sobre procesos de faena, identificación y trazabilidad de bovinos, bubalinos, porcinos, equinos, ovinos y caprinos. Entre los hitos se cuentan que se elimina la obligación de contar con un libro físico de Existencias de Hacienda y Carnes, vigente desde 1981. A la par de esto se incorpora, según explicaron, el documento electrónico de Existencia de Carne en las cámaras del establecimiento faenador.

Además, con la medida se derogan nueve normativas y para asegurar la continuación de la trazabilidad individual de los animales en la etapa de faena se agrega la lectura obligatoria de la identificación electrónica en la línea de faena para los animales alcanzados. Según informó LA NACION, la fecha de implementación de esto último se conocerá pronto.

“Créase el Sistema Integral de Faena, en adelante SIF, a través del cual, los titulares de establecimientos faenadores registrarán la hacienda con destino a faena y cuya interfaz será provista por la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía”, dice el artículo 1.

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