La Ley 27.801 reemplaza el régimen de 1980 y comenzará a regir el próximo 5 de septiembre, a 180 días de su promulgación. Establece penas de hasta 15 años para delitos graves y crea un sistema de sanciones alternativas para casos leves.
A partir del próximo 5 de septiembre entrará en vigencia plena en todo el territorio nacional la Ley 27.801, que establece el nuevo Régimen Penal Juvenil y modifica de forma el tratamiento legal de los adolescentes en conflicto con la ley penal.
La norma, que obtuvo media sanción en la Cámara de Diputados el pasado 12 de febrero con 149 votos a favor y 100 en contra, fue promulgada por el Poder Ejecutivo mediante el Decreto 138/2026 y reemplaza al régimen de minoridad vigente desde 1980. Su implementación se fijó a 180 días de su publicación en el Boletín Oficial.
El eje de la reforma es la baja de la edad de imputabilidad de 16 a 14 años para delitos graves. La imputabilidad a partir de esa edad solo aplicará para delitos tipificados como graves o muy graves: homicidios, robos con violencia, abusos sexuales y secuestros.
Para los menores de 14 años, la ley mantiene la inimputabilidad, pero incorpora la figura del Supervisor Judicial, encargado del seguimiento socioeducativo y la articulación con organismos de niñez y familia.
El nuevo régimen prohíbe expresamente la aplicación de penas de reclusión y prisión perpetua a menores de edad y establece que la pena privativa de la libertad será de último recurso.
El texto contempla dos esquemas:
- Penas alternativas: Cuando el delito imputado tenga una pena de hasta 3 años de prisión, o hasta 10 años pero sin muerte de la víctima ni violencia física grave, se aplicarán medidas como amonestación, prohibición de contacto con la víctima, prohibición de concurrir a determinados lugares o de salir del país, prestación de servicios a la comunidad y monitoreo electrónico.
- Pena privativa de la libertad: Reservada exclusivamente para delitos graves. El plazo máximo será de 15 años, aún en caso de concurso de delitos. El proyecto original contemplaba hasta 20 años, pero fue modificado durante el debate parlamentario.
La norma garantiza desde el inicio del proceso el derecho a la defensa, con asistencia legal eficaz e idónea, y el cumplimiento de las garantías constitucionales y de los tratados internacionales de derechos humanos.
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