BalcarceViernes, 26 de Junio de 2026

Suscribite por $ 5500.00

Ingresar

Suscribite por $ 5500.00

Radiolider En vivo

BalcarceViernes, 26 de Junio de 2026

Suscribite por $ 5500.00

Ingresar

Esto pasa ahora

Dramático relato tras los terremotos en Venezuela: “lo que está pasando nos rompe el corazón” |   Erreguerena habló de “peronismo de baja intensidad” y pidió mayor compromiso en defensa de las fuentes laborales |   El STM anunció que el Ministerio de Trabajo ratificó que los médicos de la Carrera Profesional Hospitalaria están comprendidos en el Convenio Colectivo Municipal |   Avanzan obras de infraestructura urbana en distintos sectores de Balcarce |   Más de un siglo de historia: el legado de la comunidad árabe en Balcarce

Radiolider En vivo

Sociedad

El STM anunció que el Ministerio de Trabajo ratificó que los médicos de la Carrera Profesional Hospitalaria están comprendidos en el Convenio Colectivo Municipal

Redacción Vanguardia

El dictamen 597/2026 de la cartera laboral bonaerense establece que todo el personal municipal, incluidos los profesionales de la salud, se encuentra alcanzado por el Convenio Colectivo de Trabajo. El Sindicato de Trabajadores Municipales de Balcarce celebró la resolución y la consideró un respaldo a su postura institucional.

El Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, a través del dictamen 597/2026 firmado por el director provincial, doctor Lautaro Pereyra, resolvió que los médicos de la Carrera Profesional Hospitalaria son trabajadores municipales y, por lo tanto, están comprendidos dentro del Convenio Colectivo de Trabajo vigente para el sector. 

La resolución fue dada a conocer por el Sindicato de Trabajadores Municipales de Balcarce, que destacó el alcance del pronunciamiento oficial en el marco del expediente tramitado a pedido de la Municipalidad de Balcarce. 

Según el dictamen, el Convenio Colectivo de Trabajo resulta aplicable a la totalidad del personal municipal sin excepciones, incluyendo al régimen de la Carrera Profesional Hospitalaria, y sus cláusulas y beneficios alcanzan a todos los trabajadores comprendidos en dicho ámbito. 

Asimismo, el documento establece que la Ley 14.656 prevé la aplicación supletoria de la Ley Nacional 14.250 en materia de negociación colectiva municipal, y remarca que el empleador no debe interferir en la vida interna de las organizaciones sindicales ni discontinuar retenciones o aportes establecidos. 

Otro de los puntos señalados indica que los trabajadores alcanzados por el convenio están incluidos en el aporte solidario por usufructo del mismo, conforme al artículo 153 de la normativa vigente. 

Desde el Sindicato de Trabajadores Municipales de Balcarce expresaron que la resolución “ratifica una postura sostenida históricamente” y señalaron que la organización siempre se ha manejado “con la verdad y el respaldo normativo correspondiente”, en el marco de la representación de los trabajadores municipales del distrito. 

En ese sentido, remarcaron que la decisión administrativa “marca el fin de una etapa y el inicio de otra”, y destacaron que el dictamen respalda la posición institucional del gremio y de la Federación de Sindicatos Municipales Bonaerenses (FeSiMuBo), a la cual pertenece. 

Por otra parte, se recordó que la Asociación Sindical de Profesionales de la Salud de la Provincia de Buenos Aires (CICOP) mantiene su ámbito de representación en el sistema de salud provincial, mientras que en el ámbito municipal se reconoce la aplicación del convenio colectivo correspondiente. 

Finalmente, desde la entidad gremial señalaron que, en el marco de la libertad sindical, se mantiene la posibilidad de adhesión voluntaria a códigos de descuento, dejando a criterio individual de cada trabajador su afiliación, aunque sin afectación de la estructura de representación colectiva vigente. 

 

Desarrollado por DATA MEDIA BALCARCE

Contactanos

Registro

Ingreso Cuenta Usuario

Recuperar Clave Usuario

Generar Clave Nueva

Ingrese y confirme nueva clave