En paralelo, la ex presidenta ya es monitoreada a través de una tobillera. Ese control no determina en qué sector de su departamento está, sino que no viole el radio impuesto que rige en el otorgamiento del beneficio de la morigeración de la pena.
Pese a que en dos ocasiones se le explicó a Cristina Kirchner que la conducta que debe mantener es “abstenerse de adoptar comportamientos que puedan perturbar la tranquilidad del vecindario y/o alterar la convivencia pacífica de sus habitantes”-, ayer Mayra Mendoza -intendente de Quilmes y dirigente de La Cámpora-, convocó a que vayan a las inmediaciones de San José 1111 porque “saldrá al balcón en cualquier momento”. Después, convocó a un banderazo para este viernes.
La intendente incluso entró al departamento de la ex presidenta. ¿Podía ingresar Mayra Mendoza sin autorización? El TOF 2 cuando impuso las reglas de comportamiento para quien cumple el arresto domiciliario como consecuencia de una condena firme en un caso de corrupción, le ordenó que en 48 horas presente un listado de personas que apliquen a las siguientes categorías: familiares, médicos, abogados y custodios.
Ante la consulta de Clarín, fuentes judiciales confirmaron que el listado aún no fue presentado y que el plazo concluirá el lunes. “Rige un período de gracia hasta el momento, se observa de todos modos, que no es un desfiladero de gente que es lo que no puede suceder”, indicaron.
Si Cristina Kirchner desea continuar contando con el servicios de sus secretarios privados, deberá incluirlo en el listado por fuera de las categorías impuestas por el Tribunal y sólo podrán ingresar “cuando se analice lo presentado y se autorice definitivamente quiénes están autorizados a acceder al departamento donde se cumple el arresto domiciliario.
En los tribunales de Retiro esperan el listado y no descartaban que podía incluir figuras políticas que se encuentren por fuera de las categorías impuestas. La advertencia son los plazos: “Si vence el plazo y no presenta nada, sólo van a poder ingresar los que autorizó el Tribunal: médicos, abogados, custodios y familiares”, expresaron fuentes judiciales
Sin embargo, la defensa de Cristina Kirchner interpuso otro escrito pidiendo que se revoque el punto de la resolución que refiere a médicos, abogados, custodios y familiares.
“Que cumplen su pena en un domicilio particular pueden desarrollar todas las actividades que no se encuentran prohibidas por la ley, tal como se deriva del principio de reserva que consagra el art. 19 de la Constitución Nacional”, dijo Beraldi.
Entiende la defensa que las personas que cumplen una condena gozan de la totalidad de los derechos constitucionales cuya restricción no se deriva en forma necesaria de la pena impuesta y de la privación de la libertad ambulatoria”.
En consecuencia, “más allá de la pena privativa de la libertad y la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, nuestra asistida no ha perdido ninguno de los demás derechos inherentes a su condición humana, tanto civiles como políticos (más adelante también volveremos sobre esta cuestión)”.