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El Tribunal de Cuentas aprobó en general la rendición del Consejo Escolar de Balcarce, pero aplicó sanciones

Redacción Vanguardia

El organismo de control avaló la rendición correspondiente al ejercicio 2024, aunque impuso multas económicas a la presidenta, vicepresidenta, secretaria, tesorero y dos vocales del Consejo Escolar.



El Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires aprobó en general la rendición de cuentas presentada por el Consejo Escolar de Balcarce correspondiente al ejercicio 2024, aunque resolvió aplicar sanciones económicas a quienes integraban el organismo durante ese período.

Las multas alcanzan a las autoridades en ese momento: la presidenta del Consejo Escolar, María Teresa Cerono; la vicepresidenta, Silvina Palmades; la secretaria, Perla Analía Panaggio; el tesorero, Elías Rubén Iñiguez; y los vocales Patricia Carina Pingaro y Sergio Salvador Scicchitano.

Cada uno de los responsables deberá afrontar una multa de $350.000, conforme a lo establecido en el artículo 16 de la Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas bonaerense.

La resolución, emitida el 20 de agosto de 2026, señala que la rendición de cuentas fue aprobada, pero que correspondía aplicar las sanciones pecuniarias en función de los fundamentos desarrollados en los considerandos del fallo.

El organismo de control estableció además que los responsables deberán depositar los importes correspondientes dentro de un plazo de 90 días, en una cuenta fiscal del Banco de la Provincia de Buenos Aires a nombre del presidente del Honorable Tribunal de Cuentas.

También deberán comunicar formalmente al organismo la realización de los depósitos y presentar los comprobantes que acrediten el cumplimiento de lo dispuesto.

La resolución informa que las sanciones pueden ser recurridas dentro de los 15 días, de acuerdo con lo previsto por la Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas. En caso de que los responsables opten por iniciar una demanda contencioso-administrativa, deberán informar al organismo la fecha de presentación, la carátula, el número de expediente y el juzgado interviniente.

El fallo corresponde al expediente 2-008.10-2024, vinculado con el Consejo Escolar de Balcarce y el ejercicio administrativo de ese año.

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