La justicia aceptó un juicio abreviado y consideró probados hallazgos en dos allanamientos: 49,4 g de cocaína y 2,04 g de marihuana, elementos de fraccionamiento y comunicaciones que evidencian comercio.
El Tribunal en lo Criminal Nº 4 del Departamento Judicial de Mar del Plata dictó condena mediante juicio abreviado contra Enzo Sebastián Arnaldo Soto Maurelli (43) por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.
El fallo, firmado por el juez Gustavo Raúl Fissore al que accedió La Vanguardia, impone cuatro años de prisión y 45 unidades fijas de multa, además de las costas procesales y accesorias legales.
Hechos probados
La Fiscalía, a cargo del doctor Rodolfo Moure, explicó que el 6 de noviembre de 2024, durante allanamientos simultáneos en dos domicilios de la ciudad de Balcarce (calle 35 al 800 y calle 21, entre Caseros y San Lorenzo), la policía secuestró 49,4 gramos de clorhidrato de cocaína y 2,04 gramos de marihuana, fraccionados en envoltorios listos para la venta. En uno de los inmuebles se encontró además dinero en efectivo ( $225.150), una balanza de precisión, recortes de nylon, tijeras y teléfonos celulares.
Pericias y pruebas
Las pericias químicas de la Policía Científica y Gendarmería confirmaron la presencia de cocaína y cannabis y establecieron que la cantidad total era suficiente para extraer múltiples dosis. Fotografías, croquis, actas policiales y los análisis del contenido de un teléfono incautado —con audios y mensajería que aluden a transacciones— fueron valorados por el tribunal como indicios consistentes de comercio ilícito.
Observaciones policiales
Los investigadores relataron observaciones de “pasamanos” y entregas rápidas a compradores que llegaban en bicicleta o vehículos; en varios controles posteriores a las compras se les incautó la droga adquirida, lo que reforzó la hipótesis de venta.
Procedimiento y medidas
El condenado aceptó el procedimiento abreviado tras ser informado de sus efectos. El juez ordenó la destrucción del material estupefaciente y el decomiso de la balanza, la tijera, el teléfono TCL incautado y el dinero. "Una vez firme la sentencia se practicará el cómputo de la pena y se dará intervención al Juez de Ejecución correspondiente", expresa el fallo.
Contexto
La causa se tramitó bajo la Ley 23.737 (estupefacientes) y el Código Procesal Penal; la sentencia recoge además atenuantes sociales que las partes habían presentado, sin que se reconocieran agravantes.
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