La mujer de 45 años que en abril del año pasado mató de un escopetazo en el pecho a su pareja en un campo de nuestra ciudad quedó en libertad luego del juicio abreviado que se cerró en el Tribunal Oral en lo Criminal N°2 y que la absolvió al entender que se trató de un homicidio agravado por el vínculo y por la utilización de un arma de fuego en el que obró con la causal de justificación de la legítima defensa.
En sintonía con el acuerdo que presentaron el fiscal Rodolfo Moure y la defensa de Sofía Ibarra a cargo de la abogada penalista Luz Alonso Proto, el Juez Alexis Simaz absolvió libremente a la imputada y dispuso su inmediata libertad. El magistrado dispuso que se libre un oficio a la Dirección de Monitoreo Electrónico ya que la mujer estaba cumpliendo la prisión preventiva bajo la modalidad de arresto domiciliario desde julio del año pasado.
El magistrado dio por acreditado que la mañana del 27 de abril de 2025 en el interior de la casa quinta emplazada en calle 63 y 80 de Balcarce y en el contexto de una confrontación, Ibarra tomó una escopeta Sportman calibre .16 y efectuó un disparo en la zona toráxica a Juan Félix Melucci. La víctima presentó orificio de entrada de proyectil con quemadura y ahumamiento que causó una lesión pulmonar y hemorragia que provocó su fallecimiento de manera inmediata.
A partir del análisis de la prueba y luego de la recalificación que hizo el Ministerio Público Fiscal, Simaz afirmó que existió una agresión ilegítima, configurada no sólo por los episodios de violencia referenciados a lo largo de la relación entre ambos, sino por los golpes, empujones e insultos que Melucci le profirió a Ibarra al llegar a la casa quinta esa madrugada. “La agresión era actual e inminente al momento en que Ibarra ejerció su defensa”, agregó.
A diferencia de lo considerado por el fiscal, el Juez entendió que “la proporcionalidad en el medio empleado debe ser analizada a la luz de la continuidad de la violencia que Ibarra venía sufriendo”.
A partir de la modificación de calificación que hizo el Ministerio Público Fiscal, la defensa había solicitado la excarcelación de Ibarra. “Durante la audiencia planteamos al magistrado que se fallara con perspectiva de género y así pasó. Fue un fue un trabajo inmenso porque a ella le dijeron que iba a una pena de prisión perpetua, pero siempre estuvo claro que era una legítima defensa”, dijo Alonso Proto.
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