La Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos del Concejo Deliberante aprobó una iniciativa que busca optimizar la gestión del arbolado público, eliminando licitaciones y estableciendo un registro obligatorio para podadores, con el fin de garantizar la correcta preservación del patrimonio forestal urbano.
La comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos del Concejo Deliberante ha dado un paso importante hacia la optimización de la gestión del arbolado público en la ciudad. En una reciente reunión, se aprobó un proyecto de ordenanza que busca actualizar y fortalecer las normativas vigentes sobre poda y extracción de árboles, alineándose con la Ley Provincial N° 12.276 sobre Arbolado Público.
La necesidad de reformar el marco regulatorio de la Ordenanza N° 35/09 fue evidente, dado que el actual capítulo II requería ajustes que facilitaran un control más efectivo y una participación más activa de la comunidad en la preservación del patrimonio forestal urbano. Entre las principales modificaciones, se destaca la creación de un Registro de Podadores Urbanos (RPU), el cual será obligatorio para aquellos que deseen realizar tareas de poda en el arbolado público.
Principales aspectos de la nueva ordenanza
Registro Obligatorio: Todos los podadores, tanto personas físicas como jurídicas, deberán inscribirse en el RPU, garantizando así que solo los habilitados puedan realizar trabajos de poda. Para ello, deberán aprobar un curso de capacitación y contar con seguros que cubran riesgos laborales y daños a terceros.
Control y supervisión: La Dirección de Espacios Públicos, Ambiente y Servicios Generales asumirá la responsabilidad de la aplicación de la nueva normativa, asegurando que todas las tareas de poda se realicen de acuerdo con estándares técnicos y de seguridad.
Capacitación continua: Se implementarán campañas de difusión y se organizarán cursos de capacitación anuales en colaboración con instituciones académicas y técnicas, garantizando que los podadores estén al tanto de las mejores prácticas en el cuidado del arbolado urbano.
Prohibición de Intervenciones no Autorizadas: Se establece la prohibición de realizar tareas de poda o extracción por parte de frentistas o particulares que no estén inscriptos en el RPU, con la intención de proteger el arbolado público y su entorno.
Responsabilidad en la Gestión de Residuos: Los podadores habilitados deberán encargarse del retiro y disposición final de los residuos generados, siguiendo las normativas establecidas para garantizar la higiene urbana y la protección del medio ambiente.
La ordenanza establece un plazo de noventa días para la inscripción en el RPU, permitiendo también que aquellas personas con experiencia en poda puedan registrarse de manera provisional, siempre que cumplan con los requisitos de capacitación necesarios.
La implementación de esta normativa no solo busca una mejor gestión del arbolado público, sino que también promueve la participación activa de la comunidad en la conservación del entorno urbano.
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