El hombre con captura activa está acusado de hurto y amenazas en un comercio. La justicia ordenó detenerlo y después lo liberó.
En las últimas horas un hombre de 33 años fue aprehendido por personal de la Estación de Policía Comunal de Balcarce, a cargo del Subcomisario Gastón Sánchez, luego de comprobarse que registraba una captura activa y estaba implicado en un hecho de hurto y amenazas ocurrido días atrás en un comercio de la ciudad.
El episodio original tuvo lugar el pasado 23 de octubre, alrededor de las 23, en el almacén “Las Chicas del Indio 2”, ubicado en avenida Eva Perón esquina 114. Según la denuncia de la propietaria, un individuo conocido en el barrio como “El Chino” ingresó al local, tomó una botella de bebida alcohólica y se retiró sin abonarla. Al ser advertido por el hermano de la comerciante, un menor de 15 años, el sujeto lo amenazó expresándole: “Volvete porque te cago a puñaladas”, antes de darse a la fuga.
A partir de las tareas investigativas realizadas por el Grupo Técnico Operativo (GTO), se logró establecer la identidad del autor. Durante un operativo de prevención, efectivos identificaron al sospechoso en calle Maipú esquina avenida del Valle, donde se constató que poseía una captura activa dispuesta por la UFI Descentralizada Balcarce.
El hombre fue aprehendido e imputado por los delitos de hurto y amenazas, con intervención de la UFIJE Descentralizada a cargo del Dr. Rodolfo Moure.
Tras cumplimentar los recaudos legales, el aprehendido recuperó su libertad conforme lo establece el artículo 161 del Código Procesal Penal.
Ahora, será la justicia la que continúe con las actuaciones y determine las medidas que considere adecuadas en relación al imputado. Sin embargo, lo que vuelve a instalarse como una situación repetida es que muchos delincuentes son detenidos tras cometer ilícitos en la ciudad pero los jueces que intervienen en los casos los liberan a partir de lo que establece el Código Procesal Penal.
Qué dice el artículo 161
El artículo 161 del Código Procesal Penal (CPP) de la provincia de Buenos Aires trata sobre las facultades del Fiscal en relación a la libertad del aprehendido. Permite al Fiscal ordenar la libertad de una persona aprehendida mientras un juez no haya dispuesto su detención, especialmente si estima que no solicitará la prisión preventiva. Si el Fiscal decide no solicitar la prisión preventiva, puede requerir al Juez que dicte la libertad, quien deberá hacerlo.
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