De cara a las elecciones provinciales, el organismo aprobó un mecanismo de actuación para casos de faltantes en el cuarto oscuro. Las agrupaciones tendrán la responsabilidad primaria de garantizar la provisión de boletas.
La Junta Electoral de la Provincia resolvió aprobar un protocolo de actuación uniforme para asegurar el correcto desarrollo de las elecciones provinciales convocadas para el próximo 7 de septiembre de 2025. La medida se enmarca en las atribuciones conferidas por el artículo 63 de la Constitución provincial, el decreto ley 9889/82 y sus modificatorias, la Ley 5.109, y el decreto del Poder Ejecutivo N° 639/2025.
De acuerdo con lo establecido por la normativa electoral vigente, la impresión y reposición de boletas de sufragio es responsabilidad primaria de las agrupaciones políticas, las cuales reciben fondos estatales para su confección. En este sentido, cada partido deberá garantizar la provisión suficiente de boletas en todas las mesas de votación de la provincia.
El documento aprobado, titulado “Protocolo de actuación ante eventual faltante de boletas durante la jornada electoral”, dispone que, si el presidente de mesa advierte la ausencia de boletas, en primer término deberá solicitar la reposición al fiscal de la agrupación correspondiente. En caso de no contar con fiscal en la mesa, se deberá recurrir al fiscal general de la agrupación presente en el establecimiento. Si este último no dispusiera de boletas, el presidente de mesa deberá solicitar la intervención del Delegado Electoral, quien podrá gestionar la provisión desde la bolsa de contingencia.
Si no hubiera boletas de contingencia, el Delegado comunicará de inmediato la situación a los apoderados de la agrupación para que envíen nuevas boletas. De forma transitoria, se permitirá redistribuir boletas de otras mesas del mismo local que cuenten con remanentes suficientes. En ningún caso se detendrá el funcionamiento de la mesa. Los electores serán informados de manera general sobre la falta de boletas y podrán optar entre votar con las disponibles, esperar la reposición o regresar más tarde.
El protocolo también aclara que cuando un elector manifieste la falta de boletas al salir del cuarto oscuro con el sobre vacío, no se considerará “voto cantado”. El presidente de mesa deberá devolverle el DNI, retener el sobre y pedirle que aguarde hasta que se reponga el faltante.
La reposición solo podrá efectuarse con boletas oficializadas por la Junta Electoral para los comicios del 7 de septiembre de 2025. Estas boletas podrán ser utilizadas por los fiscales de cada agrupación para reponer dentro del cuarto oscuro. El organismo electoral instruyó a agrupaciones políticas, delegados electorales y al Comando Electoral Provincial a garantizar la difusión y cumplimiento de este protocolo en toda la provincia.
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