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Nuevo criterio

El Gobierno anunció qué pasará con los feriados que caen fin de semana

Redacción Vanguardia

Se estableció un nuevo criterio para los asuetos que coincidan con sábado o domingo, permitiendo su traslado.

 

El Gobierno publicó hoy en el Boletín Oficial el Decreto 614/2025, el cual aplica nuevo criterio para trasladar los feriados nacionales que coincidan con sábado o domingo. A continuación, todo lo que se debe saber sobre esta nueva normativa.

El decreto firmado por el presidente Javier Milei y el ministro del Interior, Guillermo Francos, habilita que estos feriados puedan moverse al viernes inmediato anterior o al lunes siguiente, según lo determine la autoridad competente. Este cambio busca subsanar un vacío legal en la ley 27.399 ―que regula los feriados nacionales―, pero no especificaba qué hacer en los casos en que caen en fines de semana.

¿A qué tipo de feriados aplica esta nueva medida?

El decreto no modifica el régimen de los feriados inamovibles, que continuarán celebrándose en su fecha original sin posibilidad de traslado. La medida alcanza únicamente a los feriados catalogados como trasladables en la normativa vigente. Es decir, solo aquellos días ya definidos como trasladables por la ley 27.399 podrán ser movidos si coinciden con un fin de semana. La reglamentación no impone de manera automática el corrimiento, sino que simplemente habilita la posibilidad de hacerlo.

 

La decisión se fundamenta en una interpretación sistemática del esquema vigente, que ya contempla el corrimiento de ciertos feriados para fomentar fines de semana largos. El Poder Ejecutivo resolvió que no habilitar la posibilidad de la modificación representaba ir en contra del espíritu original de la norma, que busca generar períodos de descanso extendidos. El texto oficial citó precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación para justificar una reglamentación que respete la voluntad del legislador sin alterar el contenido sustancial de la ley.

 

¿Quién será la autoridad encargada de definir los traslados?

A partir de ahora, la Jefatura de Gabinete de Ministros será la autoridad de aplicación de dicha ley. Tendrá la facultad de dictar las disposiciones complementarias y aclaratorias necesarias para implementar los cambios que establece el nuevo decreto. Esto incluye la decisión específica de trasladar o no cada uno de los feriados alcanzados por la medida, y en qué fecha reprogramarlos dentro de las opciones habilitadas.

¿Cuándo entra en vigencia esta normativa?

La norma entra en vigencia desde el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial. Esto significa que, en adelante, los feriados trasladables que coincidan con fines de semana no quedarán automáticamente fijos en su fecha original, sino que podrán moverse según se disponga para cada año calendario.

De acuerdo con el articulado, el traslado podrá realizarse “al lunes inmediato posterior o al último viernes inmediato anterior”. En este nuevo escenario, el 12 de octubre, Día del Respeto a la Diversidad Cultural, es el único feriado trasladable que queda este año y que cae en fin de semana en lo que resta de 2025, por lo que podría ser el único alcanzado por esta normativa.

En lo que queda del año, hay dos ocasiones en las que habrá un descanso extendido, ubicados en los últimos meses del año, ya que septiembre es un mes sin recesos y octubre tiene un feriado que coincide con un domingo (el 12 de octubre, que ahora podría ser trasladado).

De todos modos, a partir de esta nueva normativa, se podría incluir un nuevo fin de semana largo al calendario oficial. Queda por saber si se trasladará el feriado del 12 de octubre y a qué fecha.

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