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En medio de la ola polar

Gas envasado: la Nación se retira del mercado

Redacción Vanguardia

La gestión libertaria modificó algunos puntos de la ley 26.020 que regula el fraccionamiento, el envasado y la comercialización de garrafas o gas envasado. Desde ahora el Estado no intervendrá decisiones vinculadas a precios, oferta y demanda.

 

El Gobierno de Javier Milei modificó algunos puntos de la ley 26.020 que regula el fraccionamiento, el envasado y la comercialización de gas licuado de petróleo (GLP) -“garrafas” o “gas envasado”-. Desde ahora el Estado se limitará a la fiscalización del cumplimiento de los parámetros de seguridad correspondientes, sin intervenir en decisiones vinculadas a precios, oferta y demanda.

Según señala el Decreto 446/2025 publicado este jueves en el Boletín Oficial, esas últimas cuestiones deberán estar “regidas por el funcionamiento libre y competitivo del mercado, que constituye el mecanismo más eficiente para asignar recursos y promover el desarrollo del sector”.

Entre los cambios más importantes que propone esta normativa se encuentra uno por el cual ahora “se podrán instalar nuevas plantas o ampliarse las existentes sin otro requisito más que el cumplimiento de la presente ley y su reglamentación”.

La Secretaría de Energía del Ministerio de Economía, como flamante autoridad de aplicación y organismo de fiscalización de la ley, solo realizará inspecciones, revisiones y pruebas sobre esas instalaciones, siempre con el objetivo de “resguardar la salud pública” y no para intervenir en temas vinculados con la comercialización.

En ese contexto, “verificará la veracidad y el cumplimiento de la información y documentación aportada al momento de la presentación de la documentación e indicará las subsanaciones que correspondan dentro de un plazo de diez días hábiles contados desde su presentación”. Según se aclaró el silencio, cumplido ese plazo, “tendrá sentido positivo”.

En paralelo, se estableció que “los fraccionadores podrán envasar GLP de cualquier productor, comercializador o importador con el solo cumplimiento de la normativa aplicable a la actividad, pudiendo hacerlo para más de una marca o leyenda”.

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