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Por un robo en el centro de la ciudad

Mechera fue condenada y deberá realizar tareas comunitarias

Redacción Vanguardia

A la pena de seis meses de prisión de efectivo cumplimiento, y como medida alternativa, se dispuso la realización de tareas comunitarias no remuneradas en una institución pública o de bien público.

 

Una mujer de 44 años que en noviembre de 2023 robó varias prendas de vestir de un local en Balcarce fue condenada a seis meses de prisión de cumplimiento efectivo el Juzgado Correccional N°3. Una de las singularidades es que Silvia Moreyra cumplirá la misma con la realización de tareas comunitarias no remuneradas en una institución pública o de bien público, a razón de seis horas por día de detención. 

En el acuerdo que el fiscal Rodolfo Moure y la defensa oficial presentaron se dio por probado que la tarde noche del 23 de noviembre de 2023, dos mujeres ingresaron al local "La cigüeña", ubicado en la avenida 19 al 600 y se apoderaron de diversas prendas de vestir para niños. Ambas contaron con la colaboración de un hombre quien trasladó a las autoras desde Mar del Plata a esa localidad.

Antes de sustraer la mercadería, las dos mujeres habían hecho una compra en otro local y allí comenzó el reconocimiento de la imputada. En razón de haberse enterado por las redes sociales del hecho ocurrido en el local vecino, esa empleada aportó el nombre y número de celular de la imputada porque había abonado sus compras por medio de la aplicación Mercado Pago.

En la sentencia, el Juez Jorge Luis Rodríguez descartó cuestiones eximentes de la responsabilidad penal, valoró como atenuante el buen concepto que cabe presumirse ante la ausencia del informe pertinente y descartó como agravante la existencia de condenas anteriores.

En virtud de los términos del acuerdo alcanzado por las partes, el magistrado condenó a Silvia Alejandra Moreyra como coautora jurídicamente responsable del delito de a la pena de seis meses de prisión de efectivo cumplimiento. Como medida alternativa a la ejecución de la pena se dispuso la realización de tareas comunitarias no remuneradas en una institución pública o de bien público, a razón de seis horas por día de detención en la forma que se establezca en la fase ejecutiva.

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