Finalizó juicio con condena por accidente de tránsito ocurrido en Balcarce en 2019: la querella destaca la labor de la SubDDI, Fiscalía y el Centro de Monitoreo.
En el Juzgado Correccional N°1 de Mar del Plata, la jueza Inés Haydée Olmedo dictó sentencia en la causa penal N°15867 contra un vecino de Balcarce hallándolo culpable del delito de lesiones culposas tras un siniestro vial ocurrido el 8 de agosto de 2019 en la ciudad. Lo condenó a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional y fue inhabilitado para conducir durante cuatro años.
Ese día, el conductor embistió con su vehículo Ford Focus a una mujer de 85 años en la intersección de avenida Suipacha y calle 27, provocándole graves fracturas y lesiones incapacitantes. El hecho tomó inmediata relevancia y trascendencia pública, ya que el conductor se dio a la fuga sin auxiliar a la víctima, quien quedó abandonada en la vía pública.
En un primer momento, la justicia de garantías resolvió el sobreseimiento del imputado, decisión que fue apelada por la querella representada por el Dr. Maximiliano Orsini. La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Mar del Plata, atendiendo al planteo de Orsini, hizo lugar a la querella y anuló el sobreseimiento, ordenando la realización del debate oral, cuya sentencia acaba de conocerse.
La investigación en esa oportunidad fue llevada adelante con profesionalismo por la Subdelegación Departamental de Investigaciones (SubDDI) Balcarce, bajo la dirección por ese entonces del comisario Maximiliano Blanco Río, con intervención directa del actual subcomisario Gastón Sánchez. También fue fundamental la tarea de Andrea Arana, operadora del Centro de Monitoreo Municipal, quien mediante el análisis de cámaras de seguridad identificó el vehículo implicado y reconstruyó su recorrido antes y después del hecho.
El proceso fue impulsado por la Fiscalía de Delitos Culposos, que junto a la querella sostuvieron la acusación con una sólida base probatoria. Como resultado, el conductor del auto fue condenado a dos años de prisión de ejecución condicional y cuatro años de inhabilitación para conducir vehículos automotores.
Este fallo no solo resalta la importancia del trabajo conjunto entre fuerzas de seguridad, monitoreo urbano, justicia y ciudadanía, sino que también recuerda a toda la comunidad que ante un accidente de tránsito es obligación legal y moral detenerse, brindar asistencia a la víctima y esperar a las autoridades. Huir del lugar constituye un delito que puede acarrear graves consecuencias penales.
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