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Excluyen a varios productos del agro de la obligación de presentar declaraciones juradas de exportación

Redacción Vanguardia

El Ministerio de Economía excluyó a una serie de productos del agro de la obligación de presentar declaraciones juradas de exportación, con el fin de agilizar las operaciones de comercio exterior. La decisión se formalizó por medio de la Resolución 50/2024 de la Secretaría de Bioeconomía, publicada este miércoles en el Boletín Oficial.

Según lo dispuesto, entre los productos que no deberán presentar la declaración jurada se encuentran arvejas, garbanzos, porotos, lentejas, arroz, maní y derivados de maíz y trigo.

La Dirección General de Aduanas deberá “adoptar los recaudos que estime necesarios en el Sistema Informático Malvina (SIM) como asimismo respecto a la Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (VUCEA)”, de acuerdo con el texto oficial.

Economía recordó que por la Ley N° 21.453 se creó un régimen que estableció la obligación de registrar, mediante el sistema de declaraciones juradas, todas las ventas al exterior de una serie de productos agrícolas, con el objetivo de lograr un ingreso más fluido de divisas y conocer con adecuada antelación el volumen proyectado de las respectivas exportaciones.

Luego, por medio de una Resolución de 2019 del entonces Ministerio de Agricultura, se estableció que el exportador que pretenda exportar aquellos productos agrícolas deberá completar e ingresar la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE), oficializándola en el SIM.

Ahora, el Gobierno resaltó que por medio del DNU 70/2023, de diciembre último, se apunta a “reconstruir la economía a través de la inmediata eliminación de barreras y restricciones estatales que impidan su normal desarrollo, promoviendo una mayor inserción en el comercio mundial”.

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