Ante el requerimiento efectuado por Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC), en relación al descuento otorgado a estudiantes universitarios en el transporte público de pasajeros -tema que adelantó La Vanguardia hace tres semanas-, la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) informó lo siguiente: “Las empresas de transporte no están facultadas a establecer límites a los cupos y/o plazas, horarios, días y/o recorridos, a los efectos de hacer efectivo el descuento, siempre que se acredite la condición adjuntando la documentación correspondiente (Res. M.O y S.P N° 103/72 art. 3 y Res. S.S.T. N°63/72 art. 6).
“En caso de incumplimiento de la normativa mencionada los consumidores afectados pueden realizar el reclamo ante la dependencia, sita en el primer piso del Centro Cívico, calle 17 N° 671 o al correo electrónico [email protected].
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