Regionales
Tras la dimisión al cargo de delegada de San Agustín por parte de Blanca Valiente, el intendente municipal, Esteban Reino, firmó el decreto por el cual establece convocar a una nueva consulta popular no vinculante. Habiendo quedado vacante el puesto es obligatorio realizar este nuevo llamado a los fines de determinar el criterio de preferencia para la designación que expresen los votantes de San Agustín. Desde la comuna se decidió que el domingo 3 de diciembre se realizará el acto comicial para elegir quién se desempeñará en esa función. Aquellos postulantes que ya presentaron la documentación en la elección anterior, simplemente deberán manifestar su intención de volver a presentarse. Por su parte, aquellos que quieran inscribirse por primera vez deberán cumplimentar una serie de requisitos. Stoppani mencionó que podrán votar todos aquellos que aparecen en el padrón electoral que se utilizó en las elecciones de 2015. Estos sumados, también, a aquellos que tengan domicilio en otro lado pero puedan demostrar que viven en el lugar o tienen una actividad comercial permanente. Los últimos pueden acreditar mediante algún contrato de locación o la justificación de algún trabajo.
Postulantes Los candidatos tendrán quince días para la inscripción de su candidatura cumplimentando los requisitos que pueden retirarse a partir de mañana en la Secretaría de Gobierno. Podrán postularse como candidatos a la Consulta Popular no Vinculante todos los ciudadanos argentinos, nativos o por adopción, mayores de 21 años, que sepan leer y escribir y que acrediten tener su domicilio o residencia en la localidad por la cual se postulen, al día de la fecha del cierre de la inscripción o actividad comprobable en la misma. En el caso de argentinos nativos la antigüedad requerida será de un año; para el caso de argentinos por adopción la antigüedad requerida será de cinco años. En todos los casos, el postulante deberá ser elector del Partido de Balcarce, acreditar que no tiene antecedentes policiales, ni judiciales, y encontrarse al día con el pago de sus tasas municipales.
Por nota Los postulantes que presenten su candidatura a la Consulta Popular deberán hacerlo mediante nota dirigida a la Junta Electoral y su firma deberá estar certificada por escribano público o autoridad judicial competente, con el aval de un mínimo del tres por ciento (3%) de los electores inscriptos en el Registro Electoral del Distrito con domicilio en el mismo. En la presentación el postulante designará un apoderado para actuar en su representación ante las autoridades del comicio. La Junta Electoral verificará si la postulación reúne los recaudos requeridos por este Decreto y por la Ley 5109 y sus modificatorias. En su caso procederá a expedirse sobre la oficialización de la candidatura en un plazo no mayor a cinco días corridos contados desde su presentación. Las planillas de avales deberán ser retiradas previa rubrica del Presidente de la Junta Electoral por Secretaría de Gobierno, a partir de la fecha de la firma del presente decreto.
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