La norma es para los inquilinos por falta de pago. En el caso de los asentamientos, contempla que sean en tan solo cinco días. También elimina los topes de compras de tierras para capitales extranjeros y habilita las adquisiciones en las fronteras
El oficialismo apura las conversaciones en el Senado para llegar al próximo jueves con los votos necesarios para darle media sanción a la ley de inviolabilidad de la propiedad privada. El proyecto, enviado por el Ejecutivo nacional y modificado en las conversaciones con los bloques dialoguistas, establece entre sus puntos principales que un inquilino puede ser desalojado en 20 días por falta de pago.
En los pasillos del Senado aseguran que “todavía” no están los votos y que si es cierto lo que afirma La Libertad Avanza —que cuenta con el número necesario— es “muy finito. Si alguien de los socios no viaja, se cae”..
Impulsada por el ministro Federico Sturzenegger, la iniciativa llega al Senado el jueves 16 de julio con 13 versiones previas y reformas en seis grandes áreas.
Uno de los puntos más relevantes tiene que ver con los desalojos de inquilinos por falta de pago, capítulo en el que el oficialismo aceptó la mayor cantidad de cambios.
El proyecto establece que ante la falta de pago, el propietario debe intimar al inquilino con un mínimo de 10 días corridos —ampliado desde los 3 días del texto original— para regularizar la deuda. La notificación puede hacerse en el domicilio del contrato o por correo electrónico, y debe indicar el lugar exacto de pago.
Si persiste el incumplimiento, el propietario puede iniciar la acción de desalojo, que se tramita en 10 días hábiles. Solo se admite prueba documental y pericial para evitar dilaciones.
Quienes se oponen a la medida señalan que la ciudadanía atraviesa un proceso de pérdida de ingresos y de poder adquisitivo como consecuencia de paritarias a la baja y aumentos de los servicios, y que esto impactaría con fuerza en ciudades como Buenos Aires, donde más del 50% de los tres millones de habitantes paga alquiler.
En lo que se refiere a los desalojos en ocupaciones ilegales y de tenedores precarios —barrios populares y asentamientos, por ejemplo— se inicia un proceso sumarísimo en el que el juez puede ordenar la restitución anticipada del inmueble en cinco días si el derecho invocado es verosímil, bajo caución juratoria. Dentro de las primeras 72 horas de la primera providencia, el juez debe ordenar un reconocimiento judicial para identificar a todos los ocupantes —nombre, apellido y DNI—, con asistencia del Defensor Oficial.
Para la regularización de los dominios, se exige acreditar posesión pacífica, ostensible y continua durante 10 años. El beneficio queda limitado a inmuebles de vivienda única y permanente, con una previsión especial para agricultores familiares.
Compra de tierras
Otro de los puntos en conflicto tiene que ver con la adquisición de tierras por parte de capitales extranjeros.
El proyecto elimina el límite del 15% del territorio para la compra por parte de extranjeros y deja que cada provincia fije sus propias restricciones. Además, suprime el tope de 1.000 hectáreas en la zona núcleo.
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