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También de su amigo Sosa

Causa Seguros: inhibieron otra vez los bienes de Alberto Fernández

Redacción Vanguardia

El ex presidente está imputado por administración fraudulenta en perjuicio del Estado y negociaciones incompatibles con la función pública.

El juez federal Sebastián Casanello resolvió volver a inhibir los bienes de Alberto Fernández y de los brokers que intervinieron en la presunta maniobra defraudatoria alrededor de los contratos que organismos del Estado firmaron con Nación Seguros SA, por los que se pagaron más de 3.000 millones de pesos en concepto de comisiones. Así, el magistrado dictó la inhibición general de bienes sobre el amigo del ex presidente, Héctor Martínez Sosa y de su esposa y ex secretaria privada de Fernández, María Cantero.

En este expediente, que instruyó el juez Julián Ercolini, el ex Jefe de Estado está imputado por administración fraudulenta en perjuicio del Estado y de llevar adelante negociaciones incompatibles con la función pública.

Un cuestionado decreto firmado por Fernández, 45 contratos, 25 intermediarios de Seguros, comisiones millonarias, una cooperativa que funcionó como financiera y un posible direccionamiento de los contratos, son parte de las piezas que componen lo que la justicia denominó una “estructura criminal” para desviar fondos públicos a privados. Cada eslabón compone las acusaciones por las que el ex presidente de la Nación deberá rendir cuentas ante la justicia federal.

Para la justicia, la decisión del ex Jefe de Estado al firmar ese decreto “vedó la posibilidad de realizar licitaciones públicas que fomenten la competencia y transparencia en torno a esas contrataciones”.

Un total de 40 personas fueron indagadas en el marco de esta causa, tras haber sido imputados por “haber intervenido mancomunadamente en forma coordinada y funcional, aproximadamente entre el mes de diciembre de 2019 y el mes de diciembre de 2023, en un esquema de recaudación y distribución de fondos públicos por medio del irregular direccionamiento en la contratación e intermediación en seguros tomados por distintas reparticiones públicas en Nación Seguros”.

Los brokers de seguros, sostiene la causa,“con la connivencia de Alberto Fernández, habrían operado en la contratación de seguros de diversos entes estatales, y en especial a través de la intermediación de particulares y empresas entre dichos entes y la aseguradora Nación Seguros; como así también en la inclusión de empresas coaseguradoras por parte de ésta”.

Pese a que se habían levantado las inhibiciones, la fiscalía apeló dicho criterio y ahora el juez Casanello, en una resolución, sostuvo: “Toda vez que los imputados ya fueron convocados a prestar declaración indagatoria por un hecho de criminalidad económica -particularmente corrupción-, y en base a las consideraciones allí realizadas sobre la prueba de cargo, hay motivo bastante para sospechar que han participado en la comisión de un delito”.

Esa sospecha, continuó explicando el magistrado, “obliga al tribunal a asegurar la eficacia del juicio". "Por consiguiente, habiéndose admitido el dictado de medidas precautorias aún sin llamado a declaración indagatoria, debe concluirse que en este caso el primer requisito sobre la verosimilitud del derecho se encuentra sobradamente satisfecho”, dice el texto.

Por otro lado, se analizó que este caso “se vincula con un temor grave y fundado -derivado de circunstancias objetivas– de que merced al lapso que demande la tramitación del proceso, se pueda frustrar el cumplimiento de la sentencia”.

En función de esos criterios, se volvió a inhibir los bienes de Alberto Fernández, Héctor Martínez Sosa, María Cantero, Alberto Pagliano, Pablo Torres García, Oscar Castello, Ernesto Mercuri, entre otros, incluyendo a las compañías que intervinieron como brokers de seguros.

El juez determinó que deberán embargarse todas las cuentas corrientes y cajas de ahorro de las personas físicas involucradas (no así de las personas jurídicas), “afectándose sólo un 20% de los fondos de las cuentas sueldo (conforme el decreto n° 484/87) y sin embargarse los fondos correspondientes a haberes jubilatorios”.

Por otro lado, se ordenó el embargo de “deberán embargarse los plazos fijos y demás inversiones, tanto de las personas físicas como jurídicas previamente mencionadas”.

La medida cautelar incluye la determinación de franjar “el acceso a las cajas de seguridad, tanto de las personas físicas como jurídicas previamente mencionadas” y en este mismo sentido Casanello solicitó que se “informen todos los productos y/o servicios que registren las personas físicas o jurídicas mencionadas, tanto los referidos en los puntos precedentes como otros no especificados allí”.

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