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Seis años de prisión

Rechazaron dos recursos de Juan Darthés y dejan firme la condena por abuso sexual contra Thelma Fardin

Redacción Vanguardia

La Justicia de Brasil ratificó la pena de seis años de prisión para el actor, tras rechazar los recursos de su defensa.

La Justicia brasileña confirmó la condena a seis años de prisión contra el actor argentino Juan Darthés por abusar sexualmente contra Thelma Fardin cuando ella tenía 16 años. El Tribunal Regional Federal de la 3ª Región de Brasil rechazó la admisibilidad de los dos recursos -especial y extraordinario- presentados por la defensa del actor.

Fardin fue la encargada de dar la noticia junto a Amnistía Internacional y su querella integrada por Carla Junqueira y Martín Arias Duval, a través de un video donde compartió el largo recorrido del proceso judicial que llevó ocho años. “Ganamos otra vez”, escribió la actriz.

 

“La resolución constituye un nuevo paso decisivo en un proceso judicial histórico por violencia sexual y reafirma la importancia de escuchar a las víctimas, investigar con debida diligencia y juzgar con perspectiva de género”, señalaron desde Amnistía Internacional.

Según explicaron, este nuevo fallo reafirma que la violencia sexual fue probada y que, en esta etapa, no corresponde volver a discutir los hechos ni las pruebas, que ya fueron valorados por la Justicia y que sostuvieron la condena del actor a seis años de prisión en régimen semiabierto por violencia sexual contra Fardin.

Al exintegrante del elenco de Patito Feo todavía le queda una instancia recursiva ante la Corte razón por la cual todavía no puede ser encarcelado. “El actor tiene todas las instancias agotadas, el recurso rechazado y solo le queda la queja por denegación de recurso”, explicaron desde Amnistía Internacional.

 

En caso de ser encarcelado gozará de un régimen penitenciario semiabierto, beneficio que el Poder Judicial le concede a los no reincidentes-quienes no hayan vuelto a cometer un mismo delito en otra oportunidad y obtuvieran condena por ello-con penas mayores a cuatro años y menores a ocho.

Según los artículos 33 y 35 del Código Penal de Brasil, el régimen semiabierto le permite al condenado salir de prisión tanto para realizar trabajos comunes durante el día en “colonias agrícolas, establecimientos industriales o lugares de procedencia similar” como “asistir a cursos profesionales complementarios, de enseñanza secundaria o superior”. Una vez concluida la jornada laboral o de estudio, el recluso deberá regresar a prisión y dormir en su respectiva celda.

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