Las presentaciones se formularon después de que la Cámara Federal de Casación Penal rechazó las apelaciones a la decisión de confirmar la sentencia condenatoria por el delito de administración fraudulenta en perjuicio del Estado, con un daño ocasionado que se estimó en 85.000 millones de pesos. La acusación representa una pena de seis años de cárcel.
Ante la negativa del máximo tribunal penal de analizar esas apelaciones, las defensas y el Ministerio Público Fiscal fueron en queja ante la Corte. Serán los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti quienes deberán resolver si abren la queja para comenzar a estudiar todos los planteos formulados.
Para ello la Secretaría Penal de la Corte, receptora de las presentaciones, confeccionó un informe dirigido a los ministros del tribunal con el detalle de quiénes interpusieron las quejas y qué se está reclamando, entre otros datos técnicos.
De antemano se sabía que iba a requerirse la opinión del Procurador General de la Nación, Eduardo Casal, sobre un recurso en particular: el del fiscal Villar.
Fuentes judiciales confirmaron que el planteo del Representante del Ministerio Público Fiscal ingresó formalmente a la Procuración.
¿Qué busca el fiscal general con su presentación? Una pena más dura para Cristina Kirchner. Volvió a pedir doce años de prisión un mayor decomiso de sus bienes y que la absolución a favor de Julio De Vido sea revocada.
Ahora, el jefe de los fiscales, Eduardo Casal, deberá pronunciarse sobre el caso más acuciante para la ex vicepresidenta en pleno año electoral. Hasta que no se conozca la opinión la opinión del Procurador la Corte no avanzará en el estudio de los demás planteos.
“El expediente debe estar consolidado para su análisis”, explicó una fuente judicial. Esto es: deben estar todos los planteos reunidos para que el máximo tribunal determine, en primera instancia si abre las quejas.
Por eso es de suma relevancia la opinión de Casal. Sin embargo, la Procuración no cuenta con plazos para expedirse, al respecto y hay otra situación a contemplar: es posible que el máximo tribunal le envíe al jefe de los fiscales otros planteos que entiende, deben ser analizados por él.
Mientras, la ex vicepresidenta considera que la Sala IV del máximo tribunal penal no abordó sus principales reclamos: arbitrariedad en la sentencia, gravedad institucional y temor parcialidad.
La sentencia condenatoria sostiene que los hechos atribuidos a Cristina Kirchner tenían sustento jurídico y convalidó los fundamentos del TOF 2. Los integrantes de la Sala IV expresaron que los hechos juzgados refieren a los procesos licitatorios de las 51 obras viales sobre rutas nacionales y provinciales en Santa Cruz, entre 2003 y 2015, "en cuyo marco tuvo lugar una notable maniobra fraudulenta que perjudicó los intereses pecuniarios de la administración pública nacional".
Con los reclamos ante la Corte, todos los involucrados acuden a la última instancia de reclamo.
La situación se replica para el fiscal general Villar, que pide que la queja sea abierta y que sus reclamos centrales sean atendidos.
“La Corte tendría fundamentos válidos para optar por declarar la nulidad” de la decisión de la Casación, que “rechaza los recursos por falta de una mínima fundamentación o para pronunciarse sobre la procedencia del recurso”, dijo el fiscal Villar.
La fiscalía pretende ampliar la condena al delito de asociación ilícita, elevar las penas a doce años de prisión y aumentar el decomiso sobre los condenados en 1.579.502.297,87. pesos actualizables.
En este último punto el único juez de la Casación que respaldó este criterio fue Gustavo Hornos, quien propuso que se conceda el recurso extraordinario del fiscal.
En su voto consideró que "existe cuestión federal ya que la absolución por asociación ilícita fue arbitraria y omisión de un decomiso efectivo que abarque del daño ocasionado pone el riesgo los compromisos internacionales asumidos por el Estado Argentino en materia de anticorrupción".
Ese criterio le da más fuerza a la queja del fiscal general, entienden en Comodoro Py. Mario Villar entendió que hay un análisis fragmentado de las pruebas, el Tribunal de juicio y la Cámara de Casación “excluyeron, de manera definitiva, la imputación del delito de asociación ilícita para alguno de los imputados y administración infiel para otros”.
El reclamo del Ministerio Público Fiscal sostiene que además del delito de administración fraudulenta, los acusados "debían ser condenados por asociación ilícita", y pidió calificar a Fernández de Kirchner como jefa de esta organización, junto a otros funcionarios en roles organizativos. Según Hornos, los expresidentes Néstor Kirchner y Cristina Fernández "diseñaron y ejecutaron una estructura delictiva dentro del Estado, que tenía como objetivo desviar fondos públicos de forma sostenida a través de contratos de obra pública, principalmente en la provincia de Santa Cruz".
En el recurso extraordinario que ingresó a la Procuración se explicó que los jueces confirmaron las “absoluciones mediante una valoración aislada y fragmentada de la prueba incorporada y la omisión de los agravios oportunamente planteados”, en relación a Julio De Vido contra quien la fiscalía pide una condena como integrante de la asociación ilícita.