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Viernes, 20 de Septiembre de 2024 | 4919 Usuarios únicos

Edicto
02-05-2024

"Municipalidad de Balcarce. Oficina Municipal de Información al Consumidor. Expte. 06434 en función de la denuncia efectuada ante la Delegación Balcarce por  la Sra. Pueblas Marta Nelida contra BANCO INDUSTRIAL S.A. se ha resuelto: a) APLICAR a BANCO INDUSTRIAL S.A. una multa de PESOS OCHOCIENTOS ONCE MIL DOSCIENTOS ($ 811.200), monto equivalente a 4 salarios mínimos por la infracción a los arts. 4, 8 bis, 37 inc. a) y b) y 36 de la Ley 24.240, considerando para la aplicación y graduación de la sanción la falta de voluntad conciliatoria, el perjuicio resultante de la infracción para el consumidor, la posición del infractor en el mercado, la cuantía del beneficio obtenido, la gravedad de los riesgos o de los perjuicios sociales derivados de la infracción y su generalización (art. 77 de la Ley 13.133 ines. a,b.d.c y f) y que la infracción fue cometida contra de una consumidora hipervulnerable (Art. 73 bis de la Ley 13.133).- (…) c) ORDENAR a la sancionada a que dentro del plazo indicado en 1 punto anterior. publiquen a su costa la parte resolutiva integra de la presente resolución en el diario de mayor circulación de esta ciudad, debiendo acreditar el cumplimiento incorporando a estas actuaciones los comprobantes del pago de los aranceles y un ejemplar original de diario. - (Artículo 76 de la Ley 13.133). Fdo. Dr. Cesar Romera. Asesor Legal. Municipalidad de Balcarce".

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