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Sociedad

Alquileres: el Concejo aprobó resolución sobre la teoría del esfuerzo compartido
01-06-2020
 
La pandemia desatada a nivel mundial por el denominado “Covid-19” que llegó a nuestro país y motivó la sanción de las Emergencia Sanitaria y el aislamiento social preventivo y obligatorio, generó una resolución del Concejo Deliberante sobre alquileres basada en la teoría del "Esfuerzo Compartido". 
 
En los considerandos, se menciona que a la mayoría de las actividades comerciales que se encuentran restringidas para su funcionamiento por cuestiones sanitarias, pertenecen a la categoría PYMES. Que en tal contexto, se están produciendo y se generarán también a futuro imposibilidades temporarias o definitivas de cumplimientos y consecuencias en relación a los contratos locativos inmobiliarios y sus accesorios, como la fianza, cauciones, depósito de garantía, depósito de muebles y objetos que integran la locación, etc.
 
También se señala que, ante los drásticos cambios producidos en la economía, que influyen en las relaciones contractuales, produciendo alteraciones extraordinarias de las circunstancias existentes al tiempo de la celebración del contrato, tornarán las obligaciones a cargo de una de las partes en excesivamente onerosas y abrirán las puertas a discusiones de resolución de los contratos o de recomposición de las prestaciones.
 
Ha surgido la imposibilidad de cumplimiento del contrato de locación, con destino comercial o industrial, con motivo de la crisis por la pandemia del COVID-19. En efecto, el locador no podrá satisfacer la principal prestación atinente a su parte, atento que no estarán disponibles ni la utilización ni el goce pleno del inmueble objeto de la locación. Siendo la causa de ello, la limitación temporal de ejercer la actividad que constituye el destino comercial o industrial del bien locado, dispuesta por el Gobierno. En tanto, el locatario no podrá honrar la principal obligación a su cargo, puesto que producto de la limitación para ejercer su actividad comercial o industrial, no estará en condiciones económicas de sufragar los cánones locativos.
 
RESOLUCIÓN
Artículo 1º: Ínstese a las partes de los contratos de locación, destinados a actividades Comerciales y/o Industriales afectadas por las disposiciones del Decreto de Necesidad y Urgencia Nro. 297/20, sus prórrogas y reglamentaciones, y que por ello no puedan desarrollar sus actividades en el ámbito del partido de Balcarce, a llegar acuerdos de renegociación de los contratos, en base a la Teoría del “Esfuerzo Compartido”.
 
Artículo 2º: Remítase copia de la presente a la Cámara de Comercio e Industria de Balcarce, a la Delegación Local del Colegio de Martilleros y Corredores Públicos y a la Delegación Balcarce del Colegio de Abogados, para que adhieran a la misma.
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