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Sociedad

Emergencia turística: qué dice el proyecto del gobierno para reactivar el sector
25-05-2020

 

El proyecto que ingresó al Concejo declara la emergencia hasta el 31 de diciembre de este año. Alcanza a prestadores de servicios turísticos, y alojamiento de personas -Hoteles, Cabañas, Hostels, Campings, entre otros-. Plantea beneficios impositivos y la gestión de créditos.

Por el efecto producido por las consecuencias del aislamiento social, preventivo y obligatorio, basado en el Decreto de Necesidad y Urgencia 297/20, se presentó en el Concejo Deliberante un proyecto de ordenanza que declara la emergencia turística en el distrito. El concejal Agustín Cassini –Juntos por el Cambio- es el autor del proyecto que considera al sector turístico como uno de los principales afectados por la pandemia ya que todas sus actividades actualmente siguen prohibidas. “Luego de sesenta días, la situación económica, social y productiva es sumamente preocupante, y el sector turístico con todas las actividades que comprende no es ajeno a esa realidad. Consideramos que es necesario acudir a esta medida toda vez que más allá de que ciertas actividades pudieron reanudarse de manera parcial, no sucede lo mismo en el sector turístico y sabemos que por sus particularidades deberá ser uno de los más postergados al momento de volver a la normalidad, razón por lo cual creemos que están dentro del grupo más vulnerable frente a la realidad que atravesamos”. Asimismo, se agrega que “existen proyectos de Ley presentados por distintos bloques en la legislatura de la provincia de Buenos Aires y en la Cámara de Diputados de la Nación pidiendo la Declaración de Emergencia y varios Municipios de la Provincia ya han declarado la Emergencia o el Desastre Turístico por el impacto causado por el COVID-19”. Cabe recordar que Ley 14.209 de la Provincia de Buenos Aires declara de Interés Provincial al Turismo, como proceso económico esencial y estratégico para le desarrollo de la Provincia. La mencionada Ley, establece el procedimiento para los casos en que sea necesaria la declaración de Emergencia o Desastre Turístico. “El Estado debe hacer el mayor de los esfuerzos por llegar a cada sector, y por acompañar a quienes día a día con su compromiso y trabajo contribuyen a una actividad que consideramos vital en el desarrollo productivo y turístico de nuestra ciudad”, considera Cassini en los argumento del proyecto que llegó al Legislativo.

El proyecto del oficialismo declara hasta el 31 de diciembre de este año la Emergencia Turística en el ámbito del Partido de Balcarce, declaración que podrá ser prorrogada, por única vez, y por hasta 180 días.  La Emergencia Turística tiene por objeto atenuar el impacto económico, social y productivo en el turismo en todas sus actividades como prestadores de servicios turísticos, alojamiento de personas (Hoteles, Cabañas, Hostels, Campings, entre otros) ubicados en el ámbito del partido de Balcarce. Señala el documento, además, que el Departamento Ejecutivo, a través de la Sub Secretaría de Turismo, podrá incorporar a criterio propio, y con una fundamentación objetiva, otras actividades que encuadren dentro del rubro.

La ordenanza plantea también la creación de un Comité de Seguimiento, compuesto por miembros de la Agencia de Recaudación Balcarce (ARBal), la Subsecretaría de Turismo y la Subsecretaría de Producción y Empleo, quien reglamentará la presente ordenanza y otorgará los beneficios que determine, entre los cuales deberá garantizar: acompañamiento a los prestadores de servicios turísticos en la gestión de créditos en instituciones financieras públicas o privadas, y gestión de trámites ante distintas dependencias del ámbito Nacional o Provincial. También exención de tasas y derechos municipales que aún no hayan sido abonados. Además, se crea una mesa de trabajo sectorial con representantes de propietarios de micro, pequeñas y medianas empresas prestadoras de servicios turísticos y las entidades que nucleen a los rubros afectados, para coordinar y diseñar una estrategia en conjunto.

Qué beneficios impositivos plantea la ordenanza

Seguridad e Higiene: Exímase el 100% del pago de la totalidad de las cuotas impagas correspondientes al Ejercicio 2020 y de las cuotas a vencer durante el período que dure la Emergencia.

Publicidad y Propaganda: Exímase el 100% del pago de la totalidad de las cuotas impagas correspondientes al Ejercicio 2020 y de las cuotas a vencer durante el período que dure la Emergencia.  

Ocupación y Uso de Espacios Públicos: Exímase el 100% del pago de la totalidad de las cuotas impagas correspondientes al Ejercicio 2020 y de las cuotas a vencer durante el período que dure la Emergencia.  

Derechos de Habilitación: Exímase el 100% del pago de derechos correspondientes a los nuevos trámites de habilitación de emprendimientos de carácter turístico, durante el período que dure la Emergencia. 

Servicios Urbanos Municipales: Exímase el 100% del pago de la totalidad de las cuotas impagas correspondientes al Ejercicio 2020 y de las cuotas a vencer durante el período que dure la Emergencia, siempre que se traten de inmuebles afectados directamente a la actividad exenta.  

Alumbrado Público: Exímase el 100% del pago de la totalidad de las cuotas impagas correspondientes al Ejercicio 2020 y de las cuotas a vencer durante el período que dure la Emergencia.  

Conservación de la Red Vial: Exímase el 100% del pago de la totalidad de las cuotas impagas correspondientes al Ejercicio 2020 y de las cuotas a vencer durante el período que dure la Emergencia. En caso de inmuebles que no estén afectados a la actividad en su totalidad, la exención del presente inciso será proporcional a la superficie del inmueble afectada a la actividad.   

 

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