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Sociedad

Lo acusan de violar a su ex pareja: un jurado integrado por vecinos decidirá si es culpable
19-11-2018

Un juicio contra un hombre 48 años, acusado de haber violado a su ex pareja,  se desarrollará por primera vez en la historia de Balcarce por el recientemente incorporado juicio por jurados. Esta modalidad le permite al acusado poder  elegir ser juzgado por ciudadanos comunes cuando está imputado por un delito con una pena mayor a 15 años de prisión como ocurre en este caso. El fiscal Rodolfo Moure tiene suficientes pruebas para sostener la acusación como exhibió en la requisitoria de elevación a juicio. Según se describe en la causa a la que accedió en exclusivo  La Vanguardia, el pasado 6 de junio el hombre se presentó en el domicilio laboral de su ex-pareja, forzó la puerta del local, la amenazó con un arma de fuego -tipo revolver con cachas blancas-, y la obligó a subirse a su camioneta doble cabina de color blanca. Siempre amenazándola con el arma de fuego, la llevó hasta inmediaciones del cementerio municipal donde abusó sexualmente de ella. Un día después, y con la denuncia de la víctima ya radicada en la Comisaría de la Mujer, el fiscal ordenó un allanamiento en un campo de San Agustín –lugar de residencia del imputado- donde la policía secuestró un arma de fuego del tipo carabina calibre 22, marca Norinko (no tenía permiso para su portación) y 43 cartuchos de igual calibre. La víctima y su abusador estuvieron juntos durante 21 años en pareja y conviviendo hasta que en 2017 ella decidió separarse por la violencia a la que estaba expuesta. Contó la mujer que antes del episodio que denunció, y a tres meses de haberse separado, su ex pareja ya se había presentado en su casa y la había obligado a tener relaciones sexuales. Dijo sobre aquel episodio que no lo denunció en ese momento por temor a que les pase algo a sus hijos. Pero la pesadilla no terminó ahí. Tiempo después, el hombre volvió a presentarse en su casa y esta vez amenazó de muerte y agredió a la actual pareja de la mujer que, circunstancialmente, estaba en la finca. Todo lo que describió la mujer en la causa fue constatado por las lesiones que presentaba en su cuerpo y que fueron expuestas ante los peritos médicos que determinaron que, muchas de ellas, se produjeron en su intento de defenderse del ataque sexual de su ex pareja.

Audiencia                                                                                                                   

El jurado que juzgará al balcarceño estará integrado por 12 ciudadanos comunes que convocará la justicia para tal fin, a partir de un protocolo que está contemplado en la ley. En tanto, la audiencia preliminar del juicio –donde se relevaron datos y pruebas obrantes en la causa- se realizó el pasado jueves 15 de noviembre. Se cree que el juicio del caso sería entre los meses de febrero y marzo del año próximo, una vez que se confirme la fecha en el calendario judicial de los tribunales marplatenses.

Indicios  y pena                                                                                                              

Sostiene el fiscal que, además, surge del acta de inspección ocular (donde se hacen constar los datos visualizados) que la cerradura de la puerta vidriada de acceso al comercio de la peluquería donde trabajaba la víctima fue forzada, reflejándose la existencia del contexto de violencia al que estaba expuesta. También señala Moure que la víctima era hostigada de manera sistemática y desde hace tiempo por su ex pareja quien “no aceptó la ruptura sentimental”, provocando episodios de violencia de género que derivaron en un tratamiento específico para la víctima y su entorno. Ahora, si es encontrado culpable, el hombre podría recibir una pena que va de los 8 a los 20 años de cárcel.

Juicio por jurado                                                                                                    

Será histórico este juicio para Balcarce por tratarse del primer caso de nuestra ciudad que se definirá a través de un juicio por jurados. Al cumplirse tres años y medio de la participación de jurados populares en los debates orales en la provincia de Buenos Aires, ya se realizaron 280 juicios, de los cuales en el 70 por ciento de los casos los imputados fueron condenados y en el resto, absueltos. Según datos relevados por una de las entidades impulsoras de los juicios por jurado en el país, el tiempo promedio entre la fecha en la que ocurre el hecho que se juzga y la realización del debate es de un año y nueve meses, con plazos mínimos que van entre los 10 meses y 21 como máximo. Tras más de tres años de los jurados populares en Buenos Aires, se determinó que los debates duran entre una y cuatro jornadas computando el término desde el comienzo de la audiencia de selección hasta la lectura del veredicto.

El primero                                                                                                                

El primero de los juicio por jurado se realizó en los Tribunales de San Martín en marzo de 2015 y un hombre de 26 años, ex concuñado de la víctima, fue juzgado por el homicidio en contexto de violencia familiar que ocurrió el 31 de enero del mismo año, y resultó absuelto. Con la modalidad de juicios por jurado el acusado puede elegir ser juzgado por ciudadanos comunes cuando está imputado por un delito con una pena mayor a 15 años de prisión. Actualmente este sistema se implementa en las provincias de Buenos Aires, Neuquén, Córdoba, Chaco, y Río Negro, y se espera que antes de fin de mes arranquen en Mendoza y Santa Fe y quizás para fin de año en San Juan y Santa Cruz.

 

Elementos probatorios                                                                                                             

Del contenido del acta de allanamiento en un campo de San Agustín y el secuestro del arma no registrada se menciona las testimoniales de personas cercanas a la víctima que comprometen al acusado, y la realización de la correspondiente pericia psicológica al imputado postergada momentáneamente.

Calificación de los hechos

La Fiscalía sostiene la caratula de privación ilegal de la libertad agravada (art. 142 inc. 1 y 2 del CP) y el abuso sexual doblemente agravado por haber sido cometido con acceso carnal y con armas (art. 119 3er. y 4to. párrafo inc. d del CP). Además, agrega la tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil.

 

Caso testigo: el carnicero Oyarzún

Daniel Oyarzún, el carnicero que embistió con su auto a un joven que acababa de robarle en su comercio y escapó a bordo de su moto, provocándole la muerte, en la localidad de Zárate, provincia de Buenos Aires, fue también sometido a juicio por jurados y absuelto por unanimidad al considerar que actuó en legítima defensa. Según establece el Código Penal, para que se aplique este criterio, deben cumplirse tres requisitos: una agresión ilegítima, falta de provocación suficiente por parte del que se defiende, y necesidad racional del medio empleado para impedir o repeler la agresión. Sobre este último punto, los jurados consideraron que no hubo ni exceso de legítima defensa ni justicia por mano propia, y por eso quedará en libertad. Más allá de cuál ha sido el veredicto, lo que se resalta es la mejora en los procedimientos que se han dado para arribar a la decisión.

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