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Sociedad

Coimas en el juzgado: se dan a conocer los detalles y la identidad del empleado denunciado
17-11-2018
El gobierno de Cambiemos finalmente oficializó el decreto a través del cual explica los motivos por los que separó del cargo a un empleado del Juzgado de Faltas Local, acusado de pedir coimas a cambio de anular multas de tránsito. Se trata de Ricardo Bianculli.  En el decreto que fue publicado en la página oficial del Municipio se describen, además, las escuchas que forman parte de la causa y que le dan sustento al sumario administrativo donde se investigan más de treinta casos, aunque “habrá que probar cada uno de ellos”, indican las fuentes del caso. Vale recordar que tras el cambio de gobierno en 2015, y con la llegada de Cambiemos al Ejecutivo, Bianculli dejó la secretaría privada por obvias razones y comenzó a cumplir funciones en el Juzgado de Faltas Local en el sector de atención al público.
 
Más detalles 
                                                                                                 
En el decreto que publicó el Ejecutivo figuran parte de las capturas de pantallas de conversaciones de Whatsapp, de las que se extrae la siguiente conversación:
Empleado: ¿vos necesitas que no salga nada en el carné?
 
Transportista: Si sí. Obvio.
 
Empleado: porque va a saltar como alcoholemia positiva. Al no hacerte el control, da como asentado. Pero espera.
 
Transportista: si algo me dijeron por esto estoy mal.
 
Empleado: con esa orden ya 5 días para poder pagar. Tranquilo. A mí me pasó. Y me dieron una mano. Yo manejaba combi.
 
Transportista: Necesito una mano loco.
 
Empleado: Bueno tranquilo. En esta semana lo resolvemos. Antes de los 5 días. Que tiene la orden. Yo ahora le pregunto a un loco de la municipalidad para ver qué mano me pueden dar con esto. Vos no digas nada a nadie. No pagues ahora. Espera. Que veo como lo podemos manejar tranquilo. Me tiene que avisar un compañero de la muni.
 
Transportista: la plata esta nada más que yo no estoy por que la plata hasta te la puedo hacer acercar.
 
Empleado: lo que por ahí no quiere es que vayas vos en este caso para que no lo caguen. El miércoles tranquilo y avísame. No metas más a nadie. Vos cualquier cosa después si alguien pregunta algo decís que pagaste los 7500.

Empleado: si lo hacemos a la mañana a medio día tenes el libre de deuda. Cuando tengas la plata avísame así llamo al loco de la muni y vemos cómo hacemos si tengo que ir yo sí o sí. O vas vos directamente. A mí el flaco de la muni me debe. Si lo hacemos a la mañana a medio día tenes el libre de deuda.
 
Transportista: Ok.
 
“Tramoyada”                                                                                                         
Empleado: “en este caso lo que se puede hacer y te vas a ahorrar una guita y todo, le van a sacar los artículos pero eso si tenes que juntar eh. En vez de los ¿7.600 eran? O 7.500 tenes que juntar los 6.000, ponele, si 6.000 mangos o algo de eso me dijo. Yo tengo que averiguarlo bien mañana, ¿sí? Y una vez que tenes esa guita me avisas porque tenes que ir vos o sino en su defecto tengo que ir yo y el loco me hace el libre de deuda, todo, pero te limpia de todo, ¿me entendes? No sé cómo explicarte, yo no sé si se quedan con guita ellos o no la tramoyada que hacen o no pero no te va a figurar nada en ningún lugar, y voy a estar yo de por medio de testigo, eso como vos lo quieras manejar…’’.
 
 Qué dice el decreto 
 
Artículo 1º: Instrúyase sumario administrativo al agente Bianculli, Ricardo con motivo de los hechos denunciados en las actuaciones administrativas del Expediente Nº 6234-b/18.
 
Artículo 2º:  Establécese que las trasgresiones que se le imputan son: Inconducta Notoria (art. 107 inc. 3 de la Ley 14.656) Quebrantamiento de las prohibiciones dispuestas por esta ley (art. 107 inc. 5 de la Ley 14.656, referidas a las previstas por el art. 104 inc a), b), e) de la Ley 14.656) Falta grave que perjudique materialmente a la Administración Municipal o que afecte el prestigio de la misma (art. 107 inc 10 Ley 14.656), transgresiones susceptibles de merecer las sanciones previstas en la Ley 14.656.-
 
Artículo 3º: Suspéndase preventivamente al agente con goce de haberes por el plazo de sesenta (60) días (art. 33 Ley 14.656)
 
Artículo 4º: Desígnese instructor sumariante al Dr. César Andrés Romera, Asesor Legal del Municipio de Balcarce.
 
Artículo 5º: Cúmplase, comuníquese a las Secretarías y Direcciones Municipales, Dirección de RRHH, Asesoría Legal, Tribunal de Faltas, Interesado y dese al Registro Oficial.
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