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Política

Baldíos: los vecinos deberán pagar una multa económica si no los mantienen
22-04-2018 El objetivo es mantener libre de basura y pastizales a veredas, terrenos baldíos e inmuebles edificados en estado de abandono. La norma establece sanciones económicas.

La Municipalidad de Balcarce comenzará a controlar y a sancionar a los vecinos que, siendo propietarios de terrenos baldíos en la zona urbana, no los mantengan en condiciones. Según la nueva ordenanza –iniciativa del Gobierno de Cambiemos- que aprobó el Concejo Deliberante, esos cambios obedecen “a la necesidad de mantener las condiciones mínimas de seguridad, de conservación, de higiene y de salubridad de los inmuebles baldíos o construidos dentro del ejido urbano de las diferentes localidades del Partido. Entre los fundamentos que sustentan la nueva normativa se destaca “que resulta necesario que las normas no sólo contemplen la acción punitiva del Estado Municipal, sino el interés real que el mismo tiene en mantener limpia la planta urbana, haciendo necesario a tal fin, ajustar y controlar a quienes desaprensivamente no realizan el mantenimiento de dichos espacios y lograr efectivamente alcanzar los fines de la ordenanza. La Municipalidad de Balcarce efectúa el mantenimiento de los espacios públicos que le competen, como plazas, paseos, plazoletas y boulevares de laciudad, no siendo replicado su accionar por los particulares responsables de los inmuebles mencionados. Muchos predios baldíos suelen ser receptores de escombros, desechos de la construcción, además de ser utilizados como depósito de ramas, corte de pasto y basura en general lo que contribuye a poner en riesgo el medioambiente y la salud de los vecinos del sector”, se menciona.

Más datos- La nueva legislación establece que “es necesario que los titulares de los inmuebles se comprometan con la limpieza y mantenimiento de los mismos no solo para mantener o recuperar las características estéticas y ambientales, sino también para devolverles a los vecinos la tranquilidad, seguridad y salubridad que merecen. Los propietarios de los inmuebles deben conocer sus obligaciones, es decir que los predios, posean o no construcciones, deben estar higienizados, desmalezados con el pasto corto, con la conservación de la vegetación, si la hubiere, con un cerco perimetral que permita la visibilidad hacia al interior, asegurando la no intromisión de personas con diferentes fines. Razones de orden y salubridad imponen la necesidad de evitar la existencia de residuos, desechos o basura, como así también la proliferación de cualquier tipo de animales, insectos, arácnidos, etc., constituyan o no plagas, que pudieren atentar contra la calidad de vida y resultar peligrosos para la salud de los vecinos”.

Qué dice la ley- La nueva normativa impone, a quienes la incumplan, la aplicación de una multa de 10 a 30 mil pesos.  En caso de que personal municipal, de oficio o por denuncia, comprobase el incumplimiento se le intimará para que en el plazo de diez días corridos procedan al desmalezamiento, limpieza o desinfección del inmueble. Transcurrido el plazo previsto, el Juzgado de Faltas impondrá la multa prevista en el presente artículo y conforme el procedimiento que rige las faltas y contravenciones municipales. Si no hay respuestas, el Ejecutivo podrá por sí o mediante la contratación del servicio de terceros, proceder a la tarea de limpieza, cuyos costos deberá afrontar el propietario del terreno. 

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