Policiales
Un hombre de 43 años que violó reiteradamente a su propia hija y la embarazó, y que fue enviado a la cárcel para cumplir una condena de 8 años, podrá salir de prisión bajo el régimen de “salidas transitorias”. Los abusos los había cometido entre agosto de 2009 y diciembre de 2010, año en el que la víctima de 19 años –su hija biológica- dio a luz a una beba. Lo llamativo de la lectura del fallo es que no se citó a la víctima de los abusos para ponerla en conocimiento de la resolución, a todas luces polémica, del juez Juan Galarreta, a cargo del Juzgado de Ejecución Nº 2 del Departamento Judicial de Mar del Plata. Cabe recordar que en mayo de 2016 el senador provincial Patricio Hogan (Frente Renovador) denunció formalmente a Galarreta y solicitó que se proceda a su enjuiciamiento por haber incurrido en las faltas de “incompetencia o negligencia demostrada en el ejercicio de sus funciones, incumplimiento de los deberes inherentes al cargo y la realización de actos de parcialidad manifiesta”. Galarreta procedió, en diciembre de 2015, a conceder la libertad condicional al interno Rubén Galera, condenado a 16 años de prisión por la comisión de delitos sexuales cometidos en Miramar. A mediados de ese mes, fue detenido en esa localidad acusado de haber abusado sexualmente a una joven en el barrio los Lobos de Mar del Plata. Al momento de su detención, encontraron en su haber elementos y artículos que eran de propiedad de la joven marplatense abusada. Ahora, el juez vuelve a estar en el centro de las críticas por la decisión de otorgarle salidas transitorias a un violador, un balcarceño condenado por un hecho ocurrido en nuestra ciudad entre 2009 y 2010. Frente a esta situación, el fiscal de ejecución penal, el doctor Marcelo Blanco, rechazó el fallo de Galarreta por considerar que no es conveniente y no se ajusta a lo que surge del caso donde no solo hay un delito probado sino una autoría absolutamente determinada. Blanco apeló con una fuerte argumentación el fallo y ahora debe decir la Cámara de Apelaciones.
Informe psicológico
Según el informe psicológico que obra en la causa, y al que accedió en exclusivo La Vanguardia, el hombre “elaboró –durante la entrevista con la perito- un relato fluido, mediante la utilización de un vocabulario amplio, sin emergencia de terminología asociada al medio carcelario. Al momento de la evaluación se lo encontró lucido, ubicado en tiempo y espacio, compensado desde el punto de vista psicopatológico y conservando la prueba de la realidad y el juicio de atribución sin anomalías. Durante el examen –dice el informe- no surgieron indicadores de psicosociología psicótica, como fenómenos alucinatorios o formaciones delirantes. Negó haber vivenciado actuaciones suicidas o contar con antecedentes en episodios auto agresivos”, se señala.
Responsabilidad Respecto de la responsabilidad del hecho por el que fue condenado –abuso sexual con acceso carnal contra su propia hija cuando tenía 16 años y hasta los 19- se menciona en el informe de la perito que “si bien reconoce su participación en este comportamiento violento-abusivo, deposita la responsabilidad en el estado de ebriedad en el que se encontraba, intentando así justificar su actuación criminal y no logrando asumir el daño causado a la víctima”. Aquí el fiscal Blanco fue contundente al preguntarse y preguntarle al juez si el condenado pudo estar tres años borracho para abusar reiteradamente de su hija. “Apreciamos marcados rasgos impulsivos-agresivos de fácil desborde, componentes adictivos y una conciencia moral conformada con valores que discreparían de la normativa social establecida. Al ser interrogado nuevamente, negó el haber sufrido situaciones traumáticas durante su desarrollo psicosexual. En cuanto al consumo de drogas o bebidas alcohólicas en exceso, manifestó que solo habría incurrido a la ingesta del alcohol siendo ya adulto; no logrando reconocer en tal práctica, una enfermedad. Por ello, continua desestimando la posibilidad de incluirse en un espacio terapéutico especifico.
Respecto a su desenvolvimiento intra-institucional, surge que no habría presentado inconvenientes en el respeto por las pautas de convivencia, no encontrándose incluido en ninguna actividad formal ni educativa”.
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