Sociedad
Capacitación sobre ley provincial de Comercio
Capacitación sobre ley provincial de Comercio. Se desarrolló en Casa de Cultura, con el auspicio del Instituto Provincial de la Administración Pública, una capacitación sobre la ley 22.802 de lealtad comercial, estando dirigida para agentes del área de Inspección General y Recursos. En la apertura, se contó con la presencia del titular de Inspección General, Andrés Lombardini, organizador de la jornada, y su par de Recursos, Patricia Echaide.
La actividad estuvo a cargo de la capacitadora de la Dirección Provincial de Comercio, Maite Cano, quien manifestó que el objetivo es que el municipio pueda aplicar la ley que es muy importante para la defensa del consumidor y la lealtad entre los comerciantes.
El aspecto más importante de la normativa es la obligatoriedad que tienen los comerciantes de exhibir los precios de los productos que tienen a la venta. También las tipificaciones obligatorias requeridas para la correcta identificación de los frutos, productos o servicios y los requisitos mínimos de seguridad. Asimismo, los comerciantes deberán determinar el lugar, forma y características de las indicaciones o colocar sobre los frutos y productos que se comercializan. Aquellos que infringieren las disposiciones de la ley serán pasibles de las siguientes sanciones: Multa de pesos quinientos ($ 500) a pesos cinco millones ($ 5.000.000); suspensión de hasta cinco (5) años en los registros de proveedores que posibilitan contratar con el Estado o pérdida de concesiones, privilegios, regímenes impositivos o crediticios especiales de que gozare.
La actividad estuvo a cargo de la capacitadora de la Dirección Provincial de Comercio, Maite Cano, quien manifestó que el objetivo es que el municipio pueda aplicar la ley que es muy importante para la defensa del consumidor y la lealtad entre los comerciantes.
El aspecto más importante de la normativa es la obligatoriedad que tienen los comerciantes de exhibir los precios de los productos que tienen a la venta. También las tipificaciones obligatorias requeridas para la correcta identificación de los frutos, productos o servicios y los requisitos mínimos de seguridad. Asimismo, los comerciantes deberán determinar el lugar, forma y características de las indicaciones o colocar sobre los frutos y productos que se comercializan. Aquellos que infringieren las disposiciones de la ley serán pasibles de las siguientes sanciones: Multa de pesos quinientos ($ 500) a pesos cinco millones ($ 5.000.000); suspensión de hasta cinco (5) años en los registros de proveedores que posibilitan contratar con el Estado o pérdida de concesiones, privilegios, regímenes impositivos o crediticios especiales de que gozare.
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