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Política

Decreto polémico: firman la prescripción de una deuda a una concejal del oficialismo
29-11-2015 Lo firma el intendente y la secretaria de Hacienda. Es por una deuda en el pago de tasas municipales. Denuncian que recibió un trato diferencial. Es parte de los decretos y resoluciones que se redactaron durante este año. Foto: La Vanguardia.

Mientras la gestión del intendente José Echeverría avanza hacia el final de su mandato y se espera con expectativa la asunción del nuevo gobierno, se van conociendo parte de la información que hasta hace poco tiempo no había sido transparentada a la opinión pública. Entre el paquete de decretos que firmó el intendente junto a la secretaria de Hacienda, Isabel Mazzuca, aparece el 1044 del 12 de mayo de este año en el que la Municipalidad acepta el pedido de prescripción de una deuda por tasas municipales –que corre desde el año 1991-solicitado por la concejal del Frente para la Victoria, Gabriela Franganillo. Según el expediente al que accedió La Vanguardia, Nº 1028/B/2013, iniciado el 17 de mayo de 2013, la concejal solicitó la prescripción de la deuda que mantiene con la Municipalidad en concepto de tasas, partida municipal Nº 6785/00, 6784/00, 3914/01, 11109/00, 3099/00. El informe que realiza la Asesoría Legal de la Comuna expone que “respecto a la deuda por tasa recolección, barrido y conservación de la vía pública, y teniendo en consideración la inexistencia de planes de pago, la inexistencia de intimaciones y la falta de promoción de acciones legales, corresponde otorgar el beneficio solicitado por el contribuyente. En el mismo sentido se pronunció la asesoría respecto de las partidas restantes, salvo la partida Nº 3099/00 donde se informa que “no se emite dictamen por no registrarse deuda en alguna cuenta corriente”. Tras estos considerandos, el intendente firmó un decreto donde decidió la prescripción de deuda solicitada por la concejal oficialista para las partidas mencionadas. Por otra parte, en torno a la obra de pavimento por el período comprendido por la cuota 11/1999 el jefe comunal le denegó la prescripción,  según constancias obrantes en el expediente Nº 1028/B/2013 y ordenó a la Oficina de Fiscalización proceda al cobro de la deuda por los períodos no prescriptos.

 

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