Policiales
El 21 de mayo de 2008 se registró en Balcarce un hecho que conmovió a toda la comunidad y que puso el rol de la policía bajo la lupa. Ese día, en horas de la tarde, la policía acudió a un llamado que provenía de una casa de la zona sur de la ciudad donde había una situación de conflicto en la que estaban involucradas varias personas. Uno de los agentes que acudió al lugar fue Juan Correa quien tras ingresar a la vivienda se cruzó con Ricardo "Maquinita" Ascencio. Tras un enfrentamiento cuerpo a cuerpo, Ascencio recibió un golpe con un objeto contundente –una madera- por parte de Correa, en el marco de un episodio en el cual fueron demoradas además otras dos personas. El hecho tuvo lugar en la zona del barrio "El Mordisco", concretamente en calle 44 entre 41 y 43. Al llegar al lugar, la versión policial de los hechos indicó que luego de algunos insultos hacia el personal uniformado, "Maquinita" le pegó con un varilla de madera al policía y éste entonces se defendió con un trozo de eucalipto, con el cual aplicó un golpe a Ascencio, producto del cual fue derivado al Hospital Fossati y luego al Interzonal de Agudos de Mar del Plata donde dejó de existir. Horas después del episodio antes citado, familiares y amigos de la víctima habían realizado una marcha frente a la Estación de Policía Comunal, como forma de protesta por lo ocurrido. Desde entonces, la justicia llevó adelante una investigación –bajo la causa N° 535- que coordinó la Fiscalía N° 5 y que derivó en un juicio oral realizado el 28 de agosto pasado en el Tribunal Oral N° 4 de la ciudad de Mar del Plata. Los jueces –en su fallo del 8 de septiembre al que accedió en exclusivo La Vanguardia- entendieron que lo que sucedió aquella tarde fue lo que para el Código Penal es homicidio preterintencional. Es decir, para la justicia Correa tuvo la evidente intención de lesionar a Ascencio, pero sin prever que la agresión terminó provocando la muerte de la víctima. El típico ejemplo que dan los investigadores judiciales es el empujón para que se caiga una persona -el agredido-, y este se golpee contra el piso la cabeza provocándole su deceso. Es un delito excarcelable, aunque en este caso el hecho del que el agresor haya sido un efectivo de la policía de Balcarce fue un elemento que no se pudo soslayar por la responsabilidad pública del agente. No obstante, los jueces decidieron absolver a Juan Correa de la culpa por el hecho en cuestión y porque ya había recibido una primera condena en suspenso de tres años en un juicio abreviado.
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